La palabra ética tiene sus raíces en el griego “ethos” con el significado de “costumbre”, cuyo objeto es el estudio de la moral humana; sus orígenes se confunden con los de la filosofía Griega y su desarrollo histórico ha variado según las diferentes culturas, la peculiar elaboración de sus doctrinas y los diversos juicios morales de los pueblos. Lo cierto es que los juicios de valor sobre un mismo hecho o acto cambian de acuerdo a la cultura. La sentencia ética, el juicio moral o la declaración normativa que contienen valoraciones o calificaciones de ‘malo’, ‘bueno’, ‘correcto’, ‘incorrecto’, ‘obligatorio’, ‘permitido’, etc, referido a una acción, decisión o hecho en determinado país o grupo de países, pueden tener significado diferente en otro u otros.
En una misma cultura la ética estudia la moral y determina qué es lo bueno y qué es lo malo y desde este punto de vista, cómo se debe actuar. Es decir, es la teoría o la ciencia del comportamiento moral en ese espacio político. Pero bien, esa conducta puede ser privada o pública, referida la primera a las buenas costumbres individuales y familiares y la segunda al proceder oficial del funcionario o servidor público o empresario privado que de algún modo tiene acceso al público.
Este tema de la moral pública tiene a la vez similares aplicaciones en los diferentes sectores de la administración pública o privada, con pequeñas diferencias según la naturaleza de las mismos: i. la administración pública central o gobierno lleva implícita la cuestión de la “ética pública”, del respeto por la ley y la moral; ii. a la administración de la empresa privada que presta un servicio público se le aplican así mismo reglas de ética pública de la administración central con las variables relacionadas con la naturaleza y contenido de los productos y servicios; iii. a la administración de la empresa privada que “no” presta servicio público directo pero en cambio elabora productos o presta servicios privados al público en general, no esenciales, son aplicables reglas de ética comercial o industrial dentro del contexto general de la ética pública, ajustándolas igualmente a la naturaleza y contenido de estos; y, iv. a las empresas comunitarias o colectivas que igualmente son creadas para producir y prestar servicios sociales, se les aplican las reglas de ética pública en la medida en que tanto bienes como servicios que generan pueden llegar a afectar el interés general de las comunidades a las cuales van destinados.
Pienso que en la mayoría de los asuntos aquí tratados prevalecen consideraciones de tipo ético referidas a la administración de la cosa pública, por lo que definimos arriba la “ética pública” como las reglas de comportamiento o conducta justas, buenas y correctas de los agentes de la administración pública y de la empresa privada, entendida estas como el conjunto de órganos estatales y particulares encargados por el ordenamiento jurídico de planificar, organizar, decidir y ejecutar las obras y servicios en beneficio o para uso de la comunidad. En la concepción diversa de lo justo, lo bueno y lo correcto es donde comienzan las dificultades, pues frente a unas mismas necesidades o requerimientos de un pueblo determinado pueden existir más de una solución o respuesta justa, buena y correcta, según la óptica política con que se miren.
Es muy complejo desentrañar en los programas de gobierno y plataformas políticas de los candidatos a dirigir un Estado cual va ser la “cultura de buena administración” que aplicara en su gobierno por lo que tendremos que deducirlo del estilo que aplique durante su mandato, atendiendo la sugerencia de la frase atribuida al naturalista francés George Buffon de que “el estilo es el hombre”; concepto que resume, sin temor a equivocarnos, que lo que él entiende por “cultura de buena administración” es la conjunción o síntesis de su conducta y actitudes puntuales como ser humano y como administrador público, la acumulación de sus prácticas, rutinas y costumbres; de su pasado personal y familiar próximo y remoto; ese actuar diario con el cual nos gobierna refleja ese pasado.
Esa manera de pensar y vivir, ese comportamiento peculiar, propio, diferente y específico, es su estilo; miremos entonces como sería ese gobernante ideal, o mejor, como no debería ser, para que sepamos la clase de “cultura de buena administración” o de “ética pública” que nos aplicará: si ha tenido un talante autoritario y polémico, camorrista y guerrerista en su vida pública, no podemos esperar un pacifista y tranquilo gobernante; si ha manejado una doble faz, apoyando en privado las guerras reales y verbales suyas y de sus subalterno con agentes de los gobiernos vecinos y luego atemperándolas con diplomacia y melosidad, es un cínico barato y un pésimo administrador público; si tiene un humor de fácil alteración y frecuente crispación, le falta la paz interior de un buen gobernante; si mantiene una actitud de resentimiento profundo e irreconciliable beligerancia hacia adversarios políticos y personas o instituciones que no compartan sus puntos de vista, estaremos ante un rencoroso maniático no apto para gobernar; si utiliza en público una disposición paternalista y de beneficencia en la solución de la problemática social y en especial en relación con la pobreza, pero nada propone para modificar las estructuras de desigualdad social del régimen, estamos ante un fatuo y engreído mandatario; si practica una política “voluntarista” de subsidios y responsabilidad social corporativa y empresarial para solucionar las crisis socio-económica siempre y cuando no afecten la estructura capitalista de privilegios del sistema estamos ante un clásico neoliberal; si ejerce un manejo ego-centrista y selectivo del poder político-administrativo es un dictador irremediable; si es obcecado en la sobre-protección de funcionarios de sus afectos incursos en graves imputaciones judiciales, es un encubridor y amante de la impunidad; etcétera.
La gran conclusión es la de que la falta de ética pública de un gobernante no es solo asaltar el erario público o violar las normas que le señalan sus funciones, deberes y responsabilidades, sino actuar contrariando el bien común y el interés general de la comunidad, como lo hemos señalado arriba.






