{"id":392735,"date":"2012-06-05T22:04:26","date_gmt":"2012-06-06T02:04:26","guid":{"rendered":"http:\/\/diarioelpopular.com\/?p=392735"},"modified":"2012-06-05T22:04:26","modified_gmt":"2012-06-06T02:04:26","slug":"puedo-patrocinar-a-mis-hijos-si-ellos-no-se-hicieron-los-examenes-medicos-cuando-yo-tramite-mi-residencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/2012\/06\/05\/puedo-patrocinar-a-mis-hijos-si-ellos-no-se-hicieron-los-examenes-medicos-cuando-yo-tramite-mi-residencia\/","title":{"rendered":"\u00bfPuedo patrocinar a mis hijos si ellos no se hicieron los ex\u00e1menes m\u00e9dicos cuando yo tramit\u00e9 mi residencia?"},"content":{"rendered":"<p>Por Vilma Filici<\/p>\n<p>vilma@filici.com<\/p>\n<p>Toronto. Hace pocos d\u00edas conoc\u00ed el caso de una persona de origen colombiano quien quiere patrocinar a su esposa e hijos. \u00a0Su historia parece una telenovela tanto a nivel sentimental como migratorio.<\/p>\n<p>Este hombre se cas\u00f3 hace varios a\u00f1os en su pa\u00eds y tuvo dos hijos, pero luego, la esposa tuvo una aventura y qued\u00f3 embarazada de otro hombre. Se separaron, la se\u00f1ora tuvo su hijo y lo asent\u00f3 \u00fanicamente como hijo de ella. Tiempo despu\u00e9s la pareja se reconcili\u00f3 pero el esposo nunca reconoci\u00f3 como suyo al hijo de su esposa, aunque finalmente termin\u00f3 cri\u00e1ndolo como propio.<\/p>\n<p>En alg\u00fan momento la relaci\u00f3n se termin\u00f3 y el hombre inmigr\u00f3 a Canad\u00e1 y tramit\u00f3 su residencia permanente. Declar\u00f3 a su esposa y a sus hijos, incluso al hijo que su se\u00f1ora tuvo fuera del matrimonio, pero ellos nunca se hicieron los ex\u00e1menes m\u00e9dicos que exige el gobierno canadiense para este tipo de tr\u00e1mites.<\/p>\n<p>Ahora este hombre se ha reconciliado con su ex esposa y quiere patrocinarlos para que vengan a vivir a Canad\u00e1, y est\u00e1 buscando asesor\u00eda migratoria para lograr su objetivo.<\/p>\n<p>Lamentablemente esta situaci\u00f3n es muy complicada no solamente en t\u00e9rminos de la relaci\u00f3n de familia sino que tambi\u00e9n en cuanto a los tr\u00e1mites de inmigraci\u00f3n, porque si bien es cierto que el se\u00f1or declar\u00f3 a la esposa y a los hijos, \u00e9stos nunca se hicieron los ex\u00e1menes m\u00e9dicos correspondiente. La ley requiere que cuando una persona esta tramitando su residencia permanente, todos sus dependientes vengan o no vengan a Canad\u00e1 deben hacerse ex\u00e1menes m\u00e9dicos.<\/p>\n<p>Con toda seguridad la relaci\u00f3n debi\u00f3 haber estado en una situaci\u00f3n muy mala al momento en que el se\u00f1or se hizo residente canadiense y por esa raz\u00f3n los ni\u00f1os y ella no se hicieron los ex\u00e1menes m\u00e9dicos, pero por el hecho de no haberse hecho los ex\u00e1menes m\u00e9dicos en ese momento, en principio este se\u00f1or no va a poder patrocinar a su ex esposa, a sus hijos biol\u00f3gicos, ni al hijo que result\u00f3 del adulterio.<\/p>\n<p>Esto, porque hay una secci\u00f3n de la Ley de Inmigraci\u00f3n de Canad\u00e1 que establece que si los dependientes (hijos y esposa) de una persona no se hicieron los ex\u00e1menes m\u00e9dicos en el momento en que esa persona obtuvo la residencia permanente, quedan excluidos del patrocinio familiar en un futuro..<\/p>\n<p>En este sentido, definitivamente no se puede hacer un patrocinio directo, pero s\u00ed existe la posibilidad de hacer una solicitud de residencia permanente por razones humanitarias, siempre y cuando haya razones que ameriten que este caso sea aceptado.<\/p>\n<p>Por ejemplo, en este caso en particular se podr\u00eda explicar que hab\u00eda habido una ruptura de la relaci\u00f3n de la pareja, que hab\u00eda la sospecha de que un hijo no era hijo del residente permanente, y que hab\u00eda mucho rencor, que estaban muy enojados, y que entonces, en el momento que se le pidi\u00f3 a la esposa que se hiciera los ex\u00e1menes m\u00e9dicos y se los hiciera a los ni\u00f1os, no se los quiso hacer, pero que ahora se arrepienten tremendamente y quieren estar juntos nuevamente, etc.<\/p>\n<p>B\u00e1sicamente hay que ser muy creativos con la manera en que se explica la situaci\u00f3n, tratando de llegarle al coraz\u00f3n al Oficial de Inmigraci\u00f3n que est\u00e1 revisando el caso, ya que es ese Oficial de Inmigraci\u00f3n quien tiene que tomar la decisi\u00f3n de si le permite a esta familia reunificarse aqu\u00ed en Canad\u00e1 o no.<\/p>\n<p>Para estas situaciones no hay una ley que dicte exactamente qu\u00e9 tipo de casos el Oficial de Inmigraci\u00f3n tiene que aceptar o no. Simplemente hay unas gu\u00edas de procedimientos que le dan ideas de qu\u00e9 tipos de casos pueden ser beneficiados por razones humanitarias.<\/p>\n<p>En principio es muy dif\u00edcil saber el nivel de posibilidades de una respuesta positiva que tiene este se\u00f1or, ya que depende de la fuerza que tenga el caso. Por ejemplo, en algunas instancias un hombre tiene una relaci\u00f3n con una mujer, el hombre no la ve m\u00e1s, o es una relaci\u00f3n de una noche, y despu\u00e9s resulta que la mujer qued\u00f3 embarazada y el hombre se viene a enterar hasta a\u00f1os despu\u00e9s. Tal vez inmigr\u00f3 a Canad\u00e1 pero nunca supo que hab\u00eda tenido ese hijo, y en el momento que se entera quiere patrocinarlo.<\/p>\n<p>En ese caso hay una explicaci\u00f3n l\u00f3gica y de lo que se trata es de convencer al Oficial de Inmigraci\u00f3n que nunca hubo intenci\u00f3n de negar este hijo, sino que simplemente no sab\u00eda que exist\u00eda. Aqu\u00ed el caso es bastante fuerte, pero cada caso hay que mirarlo por su propio m\u00e9rito y hay que presentar la mayor cantidad de documentaci\u00f3n posible para convencer al Oficial de Inmigraci\u00f3n que de un fallo positivo.<\/p>\n<p>Generalmente, cuando suceden casos como el de la persona de quien escribo hoy, el Departamento de Inmigraci\u00f3n insiste en que se le hagan los ex\u00e1menes m\u00e9dicos a los ni\u00f1os, y despu\u00e9s, cuando ya es imposible convencer a la otra parte de que se le hagan los ex\u00e1menes m\u00e9dicos, entonces al solicitante de residencia permanente se le pide que firme una declaraci\u00f3n jurada en la cual la persona est\u00e1 diciendo que entiende perfectamente que bajo la secci\u00f3n 117 (9) (d) del reglamento de inmigraci\u00f3n, su esposa e \u00a0hijos, al no hacerse los ex\u00e1menes m\u00e9dicos, van a quedar por siempre excluidos del patrocinio familiar.<\/p>\n<p>Esta ley fue establecida en el a\u00f1o 2002, y yo dir\u00eda que lamentablemente los casos que caen bajo ella son bastante frecuentes en nuestra comunidad. Se ven muchos casos donde justamente la pareja se separ\u00f3 porque hubo conflictos, o la pareja est\u00e1 divorciada y el padre o la madre que est\u00e1 aqu\u00ed en Canad\u00e1 est\u00e1 siendo patrocinado por una nueva pareja, entonces ah\u00ed entra toda una cuesti\u00f3n de celos y le niegan la posibilidad a sus hijos de poder en alg\u00fan momento tener la residencia permanente.<\/p>\n<p>En esa l\u00f3gica, una de las cosas que siempre le aconsejamos a nuestros clientes que se encuentran en situaciones como \u00e9stas y que dicen que no quieren declarar a sus hijos porque de todas maneras nunca los van a patrocinar, es que uno no puede predecir el futuro, y que si por ejemplo lamentablemente la persona que est\u00e1 cuidando al ni\u00f1o tiene un accidente, se enferma de una enfermedad terminal o muere, el padre o madre que est\u00e1 aqu\u00ed va a ser el responsable de criar ese ni\u00f1o o ni\u00f1a, y que al no hacerle los ex\u00e1menes m\u00e9dicos hoy le est\u00e1 negando esa posibilidad en el futuro.<\/p>\n<p>Incluso, en muchas instancias nos toca hablar con el padre o madre del peque\u00f1o que est\u00e1 fuera de Canad\u00e1 para hacerle entender que las leyes canadiense requieren que, venga o no vengan los hijos dependientes, si la persona est\u00e1 solicitando la residencia permanente se tienen que hacer los ex\u00e1menes m\u00e9dicos. Y tambi\u00e9n se le trata de hacer entender que al no hacerles los ex\u00e1menes m\u00e9dicos les quita la posibilidad de en alg\u00fan momento ingresar a Canad\u00e1 con su residencia permanente por medio de un patrocinio.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Vilma Filici vilma@filici.com Toronto. 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