{"id":406938,"date":"2012-08-27T22:20:08","date_gmt":"2012-08-28T02:20:08","guid":{"rendered":"http:\/\/diarioelpopular.com\/?p=406938"},"modified":"2012-08-27T22:20:08","modified_gmt":"2012-08-28T02:20:08","slug":"atalaya-10","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/2012\/08\/27\/atalaya-10\/","title":{"rendered":"Atalaya"},"content":{"rendered":"<p align=\"center\"><a href=\"https:\/\/diarioelpopular.com\/wp-content\/uploads\/2012\/08\/Atalaya.71.jpeg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-406939\" title=\"Digital StillCamera\" src=\"https:\/\/diarioelpopular.com\/wp-content\/uploads\/2012\/08\/Atalaya.71.jpeg\" alt=\"\" width=\"600\" height=\"450\" \/><\/a>Por: Jorge Tadeo Lozano<\/p>\n<p align=\"center\">26-08-2012<\/p>\n<p>Ha corrido suficiente tinta,\u00a0 palabrer\u00eda e im\u00e1genes \u00a0en el asunto il\u00edcito con repercusiones sociales y pol\u00edticas protagonizado por Julian Paul Assange, el \u201cchivato cibern\u00e9tico\u201d australiano que para hacerse famoso salt\u00f3 todas la barreras \u00e9ticas del periodismo universal, entre otras el asalto delictual a los archivos secretos \u2013especialmente de los Estados Unidos- utilizando procedimientos tecnol\u00f3gicos prohibidos y a un oficial de las agencias secretas norteamericanas que, seg\u00fan se comprob\u00f3, actu\u00f3 en trasgresi\u00f3n de normas administrativas y penales del pa\u00eds del norte, que lo tienen bajo detenci\u00f3n con graves imputaciones criminales. Contra Assange, en cambio, no se ha abierto causa penal alguna en la justicia estadounidense.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Paralelamente a este esc\u00e1ndalo surgi\u00f3 otro en cabeza del mismo \u201chacker\u201d, de \u00edndole muy diferente pero igualmente delictivo: los primeros informes period\u00edsticos indicaban que el se\u00f1or Assange hab\u00eda sido denunciado en Suecia por las se\u00f1oras Anna Ardin y Sofia Welin, supuestamente\u00a0 por el delito de \u201cviolencia sexual\u201d. La Fiscal\u00eda sueca aclar\u00f3 finalmente que Assange no hab\u00eda sido acusado de violaci\u00f3n como se hab\u00eda informado originalmente sino por el delito de \u201csexo por sorpresa\u201d, que seg\u00fan la ley sueca consiste en hacer relaciones sexuales sin preservativo, contra la voluntad de uno de los actores.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La historieta es medio novelesca y morbosa pues todo indica, por los t\u00e9rminos de las denuncias de las dos damas, que ambas fueron voluntariamente a la cama con Assange, quien por la descripci\u00f3n de los hechos que hicieron ellas al momento del denuncio, estaba obsesionado por hacer el amor \u201csin cond\u00f3n\u201d, no obstante la negativa e insistencia de ellas de que ese acto estaba prohibido\u00a0\u00a0 \u00a0y castigado por la ley sueca. Finalmente, seg\u00fan ellas, lo logr\u00f3.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El drama, si embargo, tuvo otros ingredientes que han venido saliendo a la luz p\u00fablica en la medida en que avanzan las pesquisas medi\u00e1ticas y policiales, que involucra elementos de \u201ccontra-espionaje\u201d norteamericano a cargo de las susodichas mujeres, a quienes sindican, todav\u00eda sin demostraci\u00f3n plena, de tener nexos con la CIA, que estar\u00eda interesada en saber m\u00e1s de Assange, de sus movimientos, de sus contactos, de sus investigaciones y de sus planes; lo cual cabr\u00eda dentro de la l\u00f3gica defensiva del Estado gringo, principal afectado por el espionaje multiprop\u00f3sito del australiano.<\/p>\n<p>Pero bien, m\u00e1s que los hechos relacionados con las imputaciones por delitos sexuales de las dos mujeres suecas, a Assange lo puso nervioso el \u201ccontraespionaje\u201d que ellas \u2013seg\u00fan algunos medios- pudieron haber realizado como instrumento para enriquecer la informaci\u00f3n norteamericana contra \u00e9l, que le permitiese a este pa\u00eds enjuiciarlo, condenarlo y finalmente imponerle la pena capital, como lo disponen las leyes de este pa\u00eds en la mayor\u00eda de sus Estados, para el tipo de delito de espionaje.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Aqu\u00ed fue donde el cerebro \u201cmaquiav\u00e9lico\u201d del audaz \u201chacker\u201d \u2013probablemente asesorado por conocidos abogados internacionalistas expertos en el tema de<\/p>\n<p>evadir la justicia penal- tuvo la genial idea de buscar \u201casilo diplom\u00e1tico\u201d en un gobierno con dificultades con Estados Unidos e interesado en mejorar su imagen p\u00fablica de defensor y protector de los derechos humanos de libre opini\u00f3n y expresi\u00f3n, con lo cual se mataban tres p\u00e1jaros de un solo tiro: se delataba el \u201ccontraespionaje sueco-americano\u201d, cuyo \u201cefecto domin\u00f3\u201d\u00a0 impedir\u00eda el env\u00edo inmediato del sujeto a Suecia a atender los cargos por delitos pol\u00edticos-sexuales o por lo menos lo dilataba o condicionaba; e imped\u00eda cualquier asomo futuro de extradici\u00f3n a los Estados Unidos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ecuador fue el pa\u00eds escogido, cuyo primer mandatario se autoproclama \u201csocialista\u00a0 bolivariano\u201d, se distingue por su virulencia verbal contra el \u201cimperio americano\u201d y mantiene un pugnaz pugilato oral y judicial con los m\u00e1s importantes medios de comunicaci\u00f3n de su pa\u00eds, como en efecto lo hizo: solicit\u00f3 el asilo diplom\u00e1tico y le fue concedido por Correa al poco tiempo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Aqu\u00ed comienza un cuarto conflicto para Assange y el primero entre Gran Breta\u00f1a y Ecuador a nivel diplom\u00e1tico: el gobierno ingl\u00e9s se apresura a anunciar a Ecuador que los pa\u00edses europeos no reconocen el \u201casilo diplom\u00e1tico\u201d, como lo hacen los pa\u00edses latinoamericanos porque tienen entre s\u00ed un tratado en ese sentido; y que adem\u00e1s los ingleses tienen una ley interna que autoriza a la autoridad competente de su pa\u00eds a levantar el fuero diplom\u00e1tico de una embajada para perseguir a delincuentes, detenerlos y extraditarlos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El gobierno ecuatoriano interpreta este anuncio como una amenaza, no como una advertencia, como en efecto lo confiesan de manera continuada el Presidente Correa y su Canciller por todos los medios. Para el derecho \u201camenazar\u201d es intimidar a alguien con el anuncio de la provocaci\u00f3n de un mal grave para \u00e9l o su familia, o en este caso, para la naci\u00f3n que Correa representa.<\/p>\n<p>La advertencia, por el contrario, es\u00a0 el simple aviso o informaci\u00f3n que se da a alguien sobre un hecho que este desconoce y que podr\u00eda perjudicarlo. En la advertencia no se infunde miedo, susto, temor o terror, como s\u00ed se hace en la intimidaci\u00f3n o amenaza. Por ello tuvo l\u00f3gica la explicaci\u00f3n que la Gran Breta\u00f1a dio al gobierno de Correa de que su nota inicial no constitu\u00eda una \u201camenaza\u201d o intimidaci\u00f3n sino el anuncio o informaci\u00f3n al Ecuador de dos hechos que probablemente el Gobierno de este pa\u00eds ignoraba: que ning\u00fan pa\u00eds europeo reconoce el \u201casilo diplom\u00e1tico\u201d como un derecho y que, por el contrario, en la mayor\u00eda de ellos existe regulaci\u00f3n interna que permite levantar el \u201cfuero diplom\u00e1tico\u201d de las embajadas para capturar delincuentes comunes o perseguir delitos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En forma ligera, igual que lo hab\u00eda hecho respecto del primer comunicado ingl\u00e9s, Correa interpret\u00f3 esta segunda nota como la \u201crectificaci\u00f3n\u201d que \u00e9l le hab\u00eda solicitado al Gobierno de Gran Breta\u00f1a en relaci\u00f3n con la \u201csupuesta amenaza\u201d formulada en la primera y dio por cancelado el incidente formal diplom\u00e1tico del cruce de notas, quedando pendiente el grueso del problema: Gran Breta\u00f1a no reconoce el asilo diplom\u00e1tico concedido por Ecuador a Assange porque no existe tratado bilateral ni multilateral que la obligue, ni le expide \u2013en consecuencia- salvoconducto a este para salir de la Embajada ecuatoriana a territorio ecuatoriano ni a ning\u00fan otro pa\u00eds diferente a Suecia, donde es requerido por la justicia de este pa\u00eds y la naci\u00f3n inglesa tiene la obligaci\u00f3n de enviarlo con base en tratado de extradici\u00f3n que tiene suscrito con el pa\u00eds n\u00f3rdico. Aqu\u00ed va el problema.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el \u00ednterin, todo el andamiaje pol\u00edtico-corporativo latinoamericano (Alba, Unasur, OEA, etc\u00e9tera) declar\u00f3 su \u201csolidaridad de cuerpo\u201d con el Ecuador, sin deliberar a fondo sobre la problem\u00e1tica jur\u00eddica que iba involucrada. Se escucharon discursos y declaraciones superficiales que invocaban la independencia y autonom\u00eda de las naciones, la igualdad de trato a todos los Estados, el respeto por los pa\u00edses d\u00e9biles o peque\u00f1os, el derecho de asilo diplom\u00e1tico o territorial, la protecci\u00f3n al fuero diplom\u00e1tico, etc\u00e9tera, o sea, \u201csaludos a la bandera\u201d que enmascaraban y elud\u00edan el an\u00e1lisis del \u201cderecho objetivo de la comunidad europea\u201d invocado por Gran Breta\u00f1a, ni mucho menos el Tratado de los Tratados que no solo exige e impone respeto por los Tratados entre Estados sino que proh\u00edbe la imposici\u00f3n de reglas pactados por determinados Estados, a Estados que no han concurrido a la firma de tales compromisos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Convenci\u00f3n de Viena sobre Relaciones Diplom\u00e1ticas suscrita el 18 de abril de 1961 en esta ciudad, que entr\u00f3 en vigencia el 24 de abril de 1964 para ambas naciones, invocada por los defensores de la causa ecuatoriana, nada aporta a la discusi\u00f3n de los temas aqu\u00ed tratados, pues como lo establece su parte considerativa, all\u00ed <strong><em>\u201cse regulan las relaciones, privilegios e inmunidades diplom\u00e1ticos que contribuyan al desarrollo de las relaciones amistosas entre las naciones, prescindiendo de sus diferencias de r\u00e9gimen constitucional y social\u201d<\/em><\/strong>, como en efecto lo hace espec\u00edficamente el art\u00edculo 22 de dicha Convenci\u00f3n al establecer:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1. Los locales de la misi\u00f3n son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podr\u00e1n penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misi\u00f3n.<\/p>\n<p>2. El Estado receptor tiene la obligaci\u00f3n especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misi\u00f3n contra toda intrusi\u00f3n o da\u00f1o y evitar que se turbe la tranquilidad de la misi\u00f3n o se atente contra su dignidad.<\/p>\n<p>3. Los locales de la misi\u00f3n, su mobiliario y dem\u00e1s bienes situados en ellos, as\u00ed como los medios de transporte de la misi\u00f3n, no podr\u00e1n ser objeto de ning\u00fan registro, requisa, embargo o medida de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Nada tiene que ver esto con el \u201cderecho de asilo\u201d, ni con la persecuci\u00f3n de \u201cdelitos y delincuentes comunes\u201d, regulados por Tratados diferentes y normas de derecho interno de cada pa\u00eds, como lo trataremos en comentarios posteriores.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Tampoco es aplicable a Assange \u2013como lo plante\u00f3 Baltazar Garz\u00f3n- la Convenci\u00f3n sobre el Estatuto de los Refugiados adoptada el 28 de julio de 1951 por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el estatuto de los refugiados y de los ap\u00e1tridas (Naciones Unidas) convocada por la Asamblea General en su resoluci\u00f3n 429 (V) de 14 de diciembre de 1950 que entr\u00f3 en vigor el 22 de abril de 1954, como lo analizaremos igualmente en nuestro pr\u00f3ximo comentario<\/p>\n<p>Comentarios:<\/p>\n<p><a href=\"mailto:jotalos@diarioelpopular.com\">jotalos@diarioelpopular.com<\/a>\u00a0 (al peri\u00f3dico)<\/p>\n<p><a href=\"mailto:jotalos@gmail.com\">jotalos@gmail.com<\/a> (al columnista)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ha corrido suficiente tinta,  palabrer\u00eda e im\u00e1genes  en el asunto il\u00edcito con repercusiones sociales y pol\u00edticas protagonizado por Julian Paul Assange, el \u201cchivato cibern\u00e9tico\u201d.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":406939,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[81],"tags":[4431,2677],"class_list":["post-406938","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnistas","tag-assange","tag-atalaya-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/406938","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=406938"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/406938\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=406938"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=406938"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=406938"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}