{"id":410553,"date":"2012-09-05T09:35:53","date_gmt":"2012-09-05T13:35:53","guid":{"rendered":"http:\/\/diarioelpopular.com\/?p=410553"},"modified":"2012-09-05T09:35:53","modified_gmt":"2012-09-05T13:35:53","slug":"atalaya-11","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/2012\/09\/05\/atalaya-11\/","title":{"rendered":"ATALAYA"},"content":{"rendered":"<p align=\"center\"><a href=\"https:\/\/diarioelpopular.com\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/Atalaya.7.jpeg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-410554\" title=\"Digital StillCamera\" src=\"https:\/\/diarioelpopular.com\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/Atalaya.7.jpeg\" alt=\"\" width=\"600\" height=\"450\" \/><\/a>Por: Jorge Tadeo Lozano<\/p>\n<p align=\"center\">01-09-2012<\/p>\n<p>Las payasadas del Presidente Rafael Correa y de los entes pol\u00edticos y politizados del sistema latinoamericano de integraci\u00f3n han llegado a extremos inconcebibles de extravagancia y ridiculez dentro del \u201caffaire Assange\u201d, so pretexto de\u00a0 proteger el derecho humano de libre expresi\u00f3n, que por ninguna parte se ha visto efectivamente afectado en el caso del \u201chacker\u201d australiano, entre otras razones porque todos los documentos que \u00e9l obtuvo il\u00edcitamente de los archivos secretos del Departamento de Estado de USA han sido libremente publicados en el mundo sin restricci\u00f3n alguna, incluso en los propios medios norteamericanos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A la \u201clibertad de expresi\u00f3n\u201d se le ha llamado de diferentes maneras: \u201clibertad de opini\u00f3n\u201d, \u201clibertad de pensamiento\u201d, \u201clibertad intelectual\u201d, etc\u00e9tera, pero de todos modos se le tiene universalmente como un derecho fundamental que consiste en que todos somos libres de pensar y opinar como bien nos plazca y de expresar o hacer p\u00fablico lo que pensamos y opinamos por los medios de comunicaci\u00f3n que estimemos conveniente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A tal punto tom\u00f3 importancia y jerarqu\u00eda \u201cla libertad de expresi\u00f3n\u201d que fue elevada a la categor\u00eda de \u201cderecho humano\u201d de primera generaci\u00f3n desde 1948 al quedar inscrita en el art\u00edculo 19\u00b0 \u00a0de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos aprobada por Naciones Unidas y transcrito y\u00a0 analizado en mi anterior comentario por este mismo medio, publicado bajo el t\u00edtulo \u201cReflexiones sobre la Libertad de Expresi\u00f3n\u201d; principio rector que fue reiterado posteriormente en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos\u201d de Naciones Unidas que entr\u00f3 en vigencia el 23 de marzo de 1976 para todos los pa\u00edses signatarios, entre los cuales estuvieron \u00a0precisamente Ecuador, Gran Breta\u00f1a, Estados Unidos y Suecia,\u00a0 en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>Art\u00edculo 19<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>1. Nadie podr\u00e1 ser molestado a causa de sus opiniones.<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresi\u00f3n; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda \u00edndole, sin consideraci\u00f3n de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o art\u00edstica, o por cualquier otro procedimiento de su elecci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Como estamos hablando del g\u00e9nero period\u00edstico, importante es definir el significado de la palabra \u201copini\u00f3n\u201d en este \u00e1mbito. Nosotros creemos, es nuestra sentir, que \u201copini\u00f3n\u201d es la manifestaci\u00f3n y sustentaci\u00f3n verbal o escrita de una idea o de un criterio sobre algo o alguien; no la muestra o exposici\u00f3n -\u201clisa y llana\u201d- de un documento de terceros, como ha venido ocurriendo con los papeles \u201csecretos\u201d obtenidos il\u00edcitamente por Assange y sus asociados de \u201cwikiLeaks\u201d. En este caso, se conocieron los autores intelectuales y materiales de la sustracci\u00f3n de los documentos pero\u00a0 se ignora la \u201copini\u00f3n in extenso\u201d de ellos sobre su contenido, no ha habido \u201cdeclaraci\u00f3n y sustent\u00e1culo verbal o escrita\u201d de los incriminados de las fechor\u00edas, sobre los diferentes temas incluidos \u00a0en ellos.<\/p>\n<p>Ahora, el 2\u00b0 inciso del citado art\u00edculo 19\u00b0 del PIDCP transcrito arriba es m\u00e1s expl\u00edcito a\u00fan al hablar de \u201clibertad de expresi\u00f3n\u201d, pues ya no solo se trata de la libertad intelectual de pensar o de tener una opini\u00f3n sobre algo o alguien, sino la \u201clibertad de expresar\u201d y difundir lo que se piensa, oralmente, por escrito o en forma impresa o art\u00edstica, o por cualquier otro medio, para lo cual la norma indica que este derecho comprende adem\u00e1s <strong><em>\u201cla libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda \u00edndole, sin consideraci\u00f3n de fronteras\u201d<\/em><\/strong>.<\/p>\n<p>Pero como toda libertad, la de expresi\u00f3n tiene tambi\u00e9n l\u00edmites impuestos por la misma norma internacional que lo cre\u00f3, que restringen su ejercicio y evitan los excesos, los cuales quedaron escritos en el numeral 3\u00b0 del propio art\u00edculo 19\u00b0 del PIDCP de la siguiente manera:<\/p>\n<p><strong><em>3. El ejercicio del derecho previsto en el p\u00e1rrafo 2 de este art\u00edculo entra\u00f1a deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deber\u00e1n, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para:<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputaci\u00f3n de los dem\u00e1s;<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>b) La protecci\u00f3n de la seguridad nacional, el orden p\u00fablico o la salud o la moral p\u00fablicas.<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p>De manera que, quien ejerza o pretenda ejercer el derecho de expresi\u00f3n en cualquier pa\u00eds que haya suscrito el PIDCP tiene tambi\u00e9n\u00a0 deberes y responsabilidades especiales precisadas en las leyes nacionales respectivas, destinadas a garantizar el respeto de los derechos o la reputaci\u00f3n de\u00a0 las dem\u00e1s personas, como tambi\u00e9n la protecci\u00f3n de la seguridad nacional, del orden p\u00fablico, de la salud y de la moral p\u00fablicas del pa\u00eds de que se trate.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Aplicados estos criterios universales al caso del se\u00f1or Assange y sus conmilitones medi\u00e1ticos tendr\u00edamos la siguiente conclusi\u00f3n: ellos ten\u00edan toda la \u201c<strong><em>libertad de buscar, recibir y difundir <\/em><\/strong>la controvertida <strong><em>informaci\u00f3n, sin consideraci\u00f3n de fronteras\u201d, <\/em><\/strong>pero no la ten\u00edan de afectar con tales b\u00fasqueda, recepci\u00f3n y difusi\u00f3n los derechos a la honra, intimidad y buen nombre de terceros, as\u00ed como tampoco pod\u00edan perturbar con ello la seguridad nacional, el orden p\u00fablico, la salud o la moral p\u00fablica del pa\u00eds afectado con tal propagaci\u00f3n. \u00bfQu\u00e9 pa\u00eds u \u00f3rgano calificar\u00eda estos hechos? Pues en principio el pa\u00eds perjudicado con la informaci\u00f3n difundida, de conformidad con su ordenamiento jur\u00eddico interno; y en caso de subsistir la inconformidad de una de las partes, se dirimir\u00eda ante el organismo competente de justicia internacional de Naciones Unidas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Pero el caso es que esta no es la situaci\u00f3n concreta del se\u00f1or Assange, en particular, pues ning\u00fan Estado le ha iniciado hasta el momento causa alguna por la violaci\u00f3n, con sus publicaciones de \u201cwikiLeaks\u201d, de derechos de terceros, o por la trasgresi\u00f3n de intereses nacionales, en los t\u00e9rminos del numeral 3\u00b0 del art\u00edculo 19\u00b0 del PIDCP. Existe solo la \u201cpresunci\u00f3n de hombre\u201d de que dicha causa podr\u00eda inici\u00e1rsele de llegar Assange a pisar territorio estadounidense; y el temor es el de que, en casos de alta traici\u00f3n y de espionaje en algunos Estados de la Uni\u00f3n Americana, se le aplique la pena de muerte.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La \u201cpresunci\u00f3n de hombre\u201d implica un proceso inductivo de l\u00f3gica racional del int\u00e9rprete que le permite pasar de un hecho conocido a otro desconocido, mediante su imaginario; contrariamente a la \u201cpresunci\u00f3n legal\u201d, en la cual es la propia ley la que establece r\u00edgidamente lo que debe \u201cdeducirse\u201d de ciertos hechos precedentes conocidos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En el caso Assange estamos frente a una \u201cpresunci\u00f3n de hombre\u201d absolutamente discutible y rebatible, porque si bien es cierto que en algunos Estados de USA existe la pena de muerte por los delitos de traici\u00f3n a la patria y espionaje, tambi\u00e9n lo es que el \u00f3rgano jurisdiccional superior de interpretaci\u00f3n constitucional de este pa\u00eds se\u00f1ala en jurisprudencia reiterada la protecci\u00f3n prioritaria de la \u201clibertad de expresi\u00f3n\u201d frente a otros derechos.<\/p>\n<p>Aclarado este tema, miremos sucintamente por qu\u00e9 sencilla raz\u00f3n no podr\u00eda d\u00e1rsele tratamiento de \u201crefugiado\u201d a Assange: porque no est\u00e1 en ninguna de las circunstancias previstas en la \u201cConvenci\u00f3n sobre el Estatuto de los Refugiados\u201d adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951 por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el Estatuto de los Refugiados y de los Ap\u00e1tridas (Naciones Unidas) que entr\u00f3 en vigor el 22 de abril de 1954, ya que, no se trata<strong><em> \u201cde acontecimientos ocurridos antes del 1.\u00ba de enero de 1951\u201d, <\/em><\/strong>ni<strong><em> <\/em><\/strong>existen<strong><em> \u201cfundados temores de <\/em>(<\/strong>que Assange sea un)<strong><em> perseguido por motivos de raza, religi\u00f3n, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones pol\u00edticas; <\/em>(<\/strong>o que se) <strong><em>\u00a0encuentre fuera del pa\u00eds de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protecci\u00f3n de tal pa\u00eds;\u2026\u201d.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Pero si aun as\u00ed, se insistiere en que Assange re\u00fane las condiciones para ser admitido en Ecuador como \u201crefugiado\u201d, habr\u00eda que leer con detenimiento los sub-literales b) y c) del literal F. del art\u00edculo 1\u00b0 de la citada Convenci\u00f3n, que lo excluye de este beneficio; cuyo texto reza:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>Las disposiciones de esta Convenci\u00f3n no ser\u00e1n aplicables a persona alguna respecto de la cual existan motivos fundados para considerar: <\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u2026<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>b) Que ha cometido un grave delito com\u00fan, fuera del pa\u00eds de refugio, antes de ser admitida en \u00e9l como refugiada; <\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>c) Que se ha hecho culpable de actos contrarios a las finalidades y a los principios de las Naciones Unidas. <\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Recordemos que Assange tiene dos cargos por delitos comunes en Suecia a\u00fan sin resolver y que entre las finalidades o prop\u00f3sitos escritos en el art\u00edculo 1\u00b0 de la Carta de Naciones Unidas est\u00e1n los siguientes que han sido violados por Assange y WikiLeaks:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad&#8230;\u00a0 <\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>3. Realizar la cooperaci\u00f3n internacional en la soluci\u00f3n de problemas internacionales de car\u00e1cter econ\u00f3mico, social, cultural o humanitario&#8230;\u00a0 <\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Nadie discute que con las publicaciones de \u201cWikiLeaks\u201d se ha fomentado el deterioro de las relaciones entre Estados Unidos y varias naciones, incluido el Ecuador; y que el asilo a Assange est\u00e1 afectando ya la cooperaci\u00f3n para la soluci\u00f3n de problemas internacionales de car\u00e1cter econ\u00f3mico, social, cultural y humanitario entre Gran Breta\u00f1a, Suecia y la Comunidad Europea, de un lado, y Ecuador del otro.<\/p>\n<p>Comentarios:<\/p>\n<p><a href=\"mailto:jotalos@diarioelpopular.com\">jotalos@diarioelpopular.com<\/a> (al peri\u00f3dico)<\/p>\n<p><a href=\"mailto:jotalos@gmail.com\">jotalos@gmail.com<\/a> (al columnista)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las payasadas del Presidente Rafael Correa y de los entes pol\u00edticos y politizados del sistema latinoamericano de integraci\u00f3n han llegado a extremos inconcebibles de extravagancia y ridiculez dentro del \u201caffaire Assange\u201d.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":410554,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[81],"tags":[2677],"class_list":["post-410553","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnistas","tag-atalaya-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/410553","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=410553"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/410553\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=410553"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=410553"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=410553"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}