{"id":459813,"date":"2015-01-16T08:58:45","date_gmt":"2015-01-16T13:58:45","guid":{"rendered":"http:\/\/diarioelpopular.com\/?p=459813"},"modified":"2015-01-16T08:58:55","modified_gmt":"2015-01-16T13:58:55","slug":"inmigrando-a-canada-114","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/2015\/01\/16\/inmigrando-a-canada-114\/","title":{"rendered":"INMIGRANDO A CANADA"},"content":{"rendered":"<p>Por Vilma Filici<\/p>\n<p>filici@filici.com<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>TORONTO. El fin de semana estuve leyendo un art\u00edculo en el peri\u00f3dico Ottawa Citizen, en relaci\u00f3n a un ni\u00f1o de tres a\u00f1os y medio de edad a quien las autoridades de Inmigraci\u00f3n le han negado la residencia permanente para poder reunirse con sus padres aqu\u00ed en Canad\u00e1. El problema est\u00e1 en que en el momento en que los padres hicieron su tr\u00e1mite para inmigrar como trabajadores calificados no incluyeron al ni\u00f1o en su solicitud. Ellos quer\u00edan llegar a Canad\u00e1, encontrar trabajo, establecerse y luego patrocinarlo.<\/p>\n<p>Su plan estaba bien trazado, excepto que la pareja no declar\u00f3 al ni\u00f1o en ninguno de sus formularios, y tampoco se le hicieron los ex\u00e1menes m\u00e9dicos como es requerido por la ley inmigratoria. La ley b\u00e1sicamente dice que el solicitante principal y todos sus dependientes deben hacerse los ex\u00e1menes m\u00e9dicos, y se entiende como dependientes a la esposa\/o y todos los hijos menores de 19 a\u00f1os. Esto significa que todos los dependientes, aunque no piensen venir a Canad\u00e1, deben hacerse los ex\u00e1menes m\u00e9dicos.<\/p>\n<p>Como muchos otros solicitantes de residencia permanente, estos padres no cayeron en cuenta de que hacerle los ex\u00e1menes m\u00e9dicos al ni\u00f1ito no era una elecci\u00f3n a su discreci\u00f3n, sino que es un requisito legal que lleva consigo consecuencias graves al no cumplirlo.<\/p>\n<p>As\u00ed como existe este requisito legal, tambi\u00e9n hay otra secci\u00f3n de ley que penaliza a las personas que no han cumplido con este requisito. La secci\u00f3n 117 (9) (d) del Acta de Inmigraci\u00f3n y Protecci\u00f3n al Refugiado dice que una persona que es dependiente de un solicitante de residencia y que no se hizo los ex\u00e1menes m\u00e9dicos en el momento en que el solicitante principal tramit\u00f3 su residencia, no ser\u00e1 considerado como miembro de la clase familiar.<\/p>\n<p>Lamentablemente esta exclusi\u00f3n deja claro que un padre que no hizo los ex\u00e1menes m\u00e9dicos a un hijo dependiente en el momento que tramit\u00f3 de residencia, jam\u00e1s podr\u00e1 patrocinar al ni\u00f1o bajo el programa de clase familiar.<\/p>\n<p>Hay distintas opiniones respecto a esta ley. Est\u00e1n quienes dicen que es culpa de los padres por no haber cumplido con los requisitos de la ley, y hay otras personas que piensan que esta secci\u00f3n de ley es muy severa e injusta ya que podr\u00eda causar la separaci\u00f3n de familias de por vida.<\/p>\n<p>Cuando analizamos este tipo de situaciones debemos considerar de que si bien hay personas que eligen ignorar la ley, hay otras por el contrario que lo hacen por desconocimiento de la misma, como es el caso de la pareja mencionada, hay quienes por razones fuera de su control no pudieron cumplir con el requisito de que su hijo\/a se hiciera los ex\u00e1menes m\u00e9dicos.<\/p>\n<p>Con mucha frecuencia vemos situaciones en que una pareja est\u00e1 divorciada y uno de ellos tiene la custodia de los hijos. Cuando la pareja ha acabado la relaci\u00f3n en malos t\u00e9rminos, y quien no tiene la custodia de los ni\u00f1os est\u00e1 haciendo un tr\u00e1mite de residencia, suele suceder que la pareja que tiene la custodia no le permita a los ni\u00f1os hacerse los ex\u00e1menes m\u00e9dicos por temor a que se los quieran quitar o simplemente porque quiere penalizar a su ex.<\/p>\n<p>Ante este tipo de situaciones, es esencial que el padre que tiene la custodia entienda que el hecho de que los ni\u00f1os se hagan los ex\u00e1menes m\u00e9dicos no necesariamente significa que van a venir a Canad\u00e1. Deben entender que este es un requisito legal que deben cumplir porque la ley as\u00ed lo requiere. Y la ley tambi\u00e9n requiere que para que un menor viaje a Canad\u00e1 con uno de sus padres debe contar con un documento firmado por el otro padre autorizando el viaje del ni\u00f1o. Esto deber\u00eda darle la tranquilidad de que sin su autorizaci\u00f3n expl\u00edcita no le pueden quitar el ni\u00f1o.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n es importante que la otra parte entienda que al no permitir hacer los ex\u00e1menes m\u00e9dicos a sus hijos est\u00e1n impidiendo que, de ser necesario, el ni\u00f1o pueda ser patrocinado en alg\u00fan momento. Si bien esta actitud es comprensible, lo cierto es que en la vida hay situaciones impredecibles, como por ejemplo que el padre que tiene la custodia se enferme o muera y que el ni\u00f1o deba ser patrocinado para unirse con su familia en Canad\u00e1.<\/p>\n<p>Como parte del procedimiento en estos casos, el Departamento de Inmigraci\u00f3n requiere que se firme una declaraci\u00f3n jurada en la cual los padres dejen claro que entienden las repercusiones de que el ni\u00f1o\/a no se haga los ex\u00e1menes m\u00e9dicos vis avis la secci\u00f3n 117(9) (d) del Acta de Inmigraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ante situaciones como \u00e9stas, donde en alg\u00fan momento se quiera patrocinar a un ni\u00f1o que no se hizo los ex\u00e1menes m\u00e9dicos en el momento en que el futuro patrocinador obtuvo su residencia, queda claro que no se puede hacer el patrocinio.<\/p>\n<p>En este sentido, si existiera la necesidad de traer al ni\u00f1o, lo \u00fanico que se puede hacer es un tr\u00e1mite por razones humanitarias. Esto significa que ya no es un proceso seguro que le da el derecho a un padre de patrocinar a su hijo\/a, sino que la decisi\u00f3n queda a total discreci\u00f3n de un Oficial de Inmigraci\u00f3n que puede o no autorizar al ni\u00f1o a reunirse con su padre en Canad\u00e1.<\/p>\n<p>En el caso de la pareja mencionada al principio de la columna, ellos hicieron una solicitud por razones humanitarias para traer a su ni\u00f1o, pero el Oficial de Inmigraci\u00f3n que revis\u00f3 el caso la rechaz\u00f3. El Oficial consider\u00f3 que es mejor para el ni\u00f1o quedarse con sus abuelos en su pa\u00eds de origen ya que ellos son quienes lo han criado hasta este momento. El oficial expres\u00f3 que \u201carrancar al ni\u00f1o en este momento y moverlo a un ambiente no conocido, a un clima distinto, a una cultura y un idioma distinto, ser\u00eda muy molesto y no est\u00e1 en su mejor inter\u00e9s. Adem\u00e1s, estar\u00eda viviendo con desconocidos, ya que quienes lo han criado no estar\u00edan con \u00e9l\u201d.<\/p>\n<p>No voy a hacer comentarios sobre de la decisi\u00f3n tomada por el Oficial, cada quien puede llegar a sus propias conclusiones, pero definitivamente este ejemplo sirve para ilustrar el tipo de decisiones a las que se somete una persona que pide que se haga una excepci\u00f3n a la ley por razones humanitarias y de compasi\u00f3n.<\/p>\n<p>Para concluir, es importante tener en cuenta que aun cuando es dif\u00edcil la comunicaci\u00f3n con un\/a ex pareja, por el mejor inter\u00e9s de los ni\u00f1os es vital dejar las puertas abiertas para que estos puedan ser patrocinados si en alg\u00fan momento resultara necesario. Tambi\u00e9n es esencial informarse bien de por qu\u00e9 se debe cumplir con los requisitos de la Ley de Inmigraci\u00f3n, para as\u00ed no llevarse sorpresas y poder mantener unidas a las familias.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hay que dejar las puertas abiertas por si eventualmente se necesita patrocinar a un hijo<\/p>\n","protected":false},"author":5842,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[25,290],"tags":[],"class_list":["post-459813","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-inmigracion","category-inmigrando-a-canada"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/459813","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5842"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=459813"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/459813\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":459814,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/459813\/revisions\/459814"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=459813"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=459813"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioelpopular.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=459813"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}