ATALAYA
ATALAYA
16-09-2012
La literatura, como expresión de los sentimientos, costumbres y cultura en general de los pueblos se ha empoderado del tema de la “injusticia” en el mundo, en todos los tiempos: injusticia social, económica, política e institucional afloran en la gran mayoría de los textos que contienen el arte de la palabra; en esta última –la institucional- un poco menos que en las tres primeras, pero de todos modos siempre inmerso el concepto de lo que debe y no debe hacerse según el derecho, la moral y la razón.
Todos quienes hemos incursionado modestamente en el arte de Cervantes hemos tenido que ver con la “injusticia” como tema central o accesorio porque, entre otras cosas, es esta una tendencia natural del ser humano que hiere o lacera con gran saña a sus semejantes; que trasladada a las “instituciones” públicas reviste especial gravedad porque generalmente se pone al servicio del ejecutivo o de un líder determinado, o se convierte en un síndrome denominado “politización de la justicia”, de perverso accionar en las democracias “demo-liberales”.
Precisamente en mi libro “Yo Acuso – Monólogo de la injusticia de la Justicia” sobre narrativa de hechos judiciales aberrantes escribí en el 2005 como prefacio el siguiente texto, que para honra y prez mía, la jurisprudencia internacional ha reconocido como tales y hoy la jurisprudencia nacional del país Latinoamericano donde sucedieron, ha rectificado para reconocer -igual a como lo venían haciendo los organismos internacionales- que los jueces a que aludo, estaban interpretando erróneamente tanto la normatividad nacional como el ordenamiento jurídico supranacional en materia de debido proceso:
“Es mejor sufrir una injusticia que cometerla – Sócrates”.
“Bajo el rótulo “Yo Acuso” se han elaborado algunas piezas específicas de narrativa político judicial corta en el mundo occidental; de las que hemos investigado o tenido noticias solo aludiremos en esta obra a los opúsculos escritos por Émile Zola, Pablo Neruda y Maritza Lugo, por considerarlas sobresalientes en dicha especie literaria. Entre ellos, resaltamos las características del primero de los mencionados, no solo por el impacto histórico universal de su contenido sino por la semejanza de algunos esquemas judiciales de la Francia de finales del siglo XIX con sus similares de los países del tercer mundo de finales del siglo XX y principios del siglo XXI”.
“La expresión “yo, acuso…” es la mejor síntesis conceptual destinada a desvelar una injusticia. Tiene además la virtud de ser uno de los compendios gramaticales de mayor contenido humanístico porque allí cabe todo cuanto se tiene acumulado en la mente y en el alma sobre la “injusticia de la justicia” de los hombres, algo sobre lo cual todavía no acabamos de hablar o de escribir pero, sobre todo, algo sobre lo cual jamás se dirá o escribirá lo suficiente”.
“EL 13 de enero de 1898 Émile Zola conmociona a París con la publicación de una carta abierta al presidente de Francia M. Félix Faure, publicada por el diario L’Aurore en su primera plana, cuyo contenido es un alegato en favor del capitán Alfred Dreyfus, acusado de alta traición a la Patria. La carta aparece con el encabezado J’accuse (en francés); en español, “Yo Acuso”.
“El 27 de noviembre de 1947, casi medio siglo después, Pablo Neruda publicó en el periódico “El Nacional” de Caracas el texto de su “Carta Intima para Millones de Hombres”, debido a que en Chile existía censura de prensa efectiva desde el 4 de octubre del mismo año, en la cual se hacen duras críticas al Presidente de este país, Gabriel González Videla, quien había roto su alianza política con el Partido Comunista al que pertenecía Neruda y había iniciado -según éste- una feroz represión contra la clase trabajadora”.
“Con base en este documento el gobierno procesa a Neruda por “injurias al Presidente de la República” y aquel –informado previamente que una orden judicial de detención se tramita en su contra- lee en el Senado un extenso, ponzoñoso y directo discurso contra el Primer Mandatario, la justicia y el régimen chilenos, conocido como “Yo Acuso”; concluida la cual, pasa voluntariamente a la clandestinidad”.
“En La Habana, Cuba, el 5 de marzo de 2001, Maritza Lugo Fernández, Presidenta del Partido Democrático 30 de Noviembre Frank País, “presa política y de conciencia” como se autodefine ella misma, promulga su famosa carta “Yo Acuso” desde la Prisión de Mujeres de Occidente Manto Negro, en la cual hace denuncia acusatoria contra el gobierno cubano y la seguridad del Estado, cuyas destinatarias son “las buenas voluntades que defienden los derechos humanos”. Maritza hizo cargos de violación de estos derechos al Gobierno Cubano de Fidel Castro, ante las ONG´s del mundo comprometidas en su defensa”.
“El presente “Yo Acuso” no va dirigido a ningún Presidente de la República como el de Zola, porque aquí en Colonia los Presidentes que se sucedieron en el mando desde cuando se inició la persecución judicial contra Jergez, poco o nada se interesaron en las quejas y reclamos que familiares y amigos suyos les hicieron llegar, con evidencias suficientes sobre la infame, perversa y persistente violación de sus derechos fundamentales por parte del Estado coloniense, a pesar de que a todos ellos sirvió desde su doble condición de político y Congresista; ni va dirigida tampoco al Congreso de la República de esta maltrecha república donde nació, como el discurso de Neruda, porque la crisis de rectitud y carácter que padece la nación ha tocado las fibras más hondas de la institucionalidad afectando gravemente al órgano más representativo de la democracia, el Parlamento. Ni tampoco va dirigido a las ONG´s dedicadas a la defensa de los Derechos Humanos como el de Maritza Lugo, porque la mayoría de ellas también están comprometidas en intereses ideológicos extremos de izquierda o de derecha que jamás aquel propugnó”.
“En aquel entonces, como le recuerda Zola al Presidente Francés, este le había dispensado su “bondadosa acogida” y ahora aquel se la devolvía con la honda preocupación que sentía por la gloria del primer mandatario, amenazada por la “vergonzosa e imborrable mancha” de la injusticia que se estaba cometiendo con Dreyfus, en nombre del Estado Francés”.
“Jergez, que también fue bien acogido por los Presidentes de ese entonces cuando tenía algo que dar y ofrecer, ahora -en cambio- cuando su situación personal había variado y nada material o político podía ofrendarles, era olvidado y menospreciado; por tanto, ellos no eran dignos de ser los destinatarios de este mensaje”.
“En cambio Dios, última instancia en la que cree y el pueblo, juez único de conciencia en el que confía, debían ser, y en efecto lo son, destinatarios finales de sus acusaciones y a su veredicto se atiene”.
“Jergez, en este monólogo, se identificó y tomó como suya las frases de Zola respecto del juicio contra Dreyfus, independientemente de la connotación política del caso, cuando expresó que diría toda la verdad con la rebeldía de un hombre honrado”.
“Nuestro personaje plantea el tema de la violación de derechos humanos a cargo de la mal llamada “justicia” de una nación marcada con el nombre de Colonia – Sudamérica; y la complicidad de la “justicia internacional” de carácter regional como agente de desprotección frente a este tipo de trasgresiones y su consecuencial politización”.
“Lo hace, en el “imaginario” de un proceso o causa pública de investigación y calificación del mérito de los cargos por un delito político definido por la humanidad hace mas de setenta años no solo como la infracción dirigida contra la organización y funcionamiento del Estado sino como la violación de los llamados derechos ciudadanos de la época, hoy denominados derechos humanos”.
“Theodor Mommsen (1817-1903) ese extraordinario historiador alemán de influencia notoria en los acontecimientos del siglo XIX, especialista en historia de Roma y premio Nobel de Literatura en 1902, hizo una muy especial clasificación de los crímenes de Estado o delitos políticos, entre los cuales colocó en tercer lugar las “faltas a los deberes de la magistratura…”, que precisamente constituye el segundo elemento típico esencial de la ilicitud que Jergez denuncia ante la opinión mundial”.
“En resumen: Jergez pretende demostrar de que manera las faltas a los deberes de la magistratura por parte de algunas autoridades nacionales e internacionales han trasgredido, en particular, sus derechos fundamentales al honor, dignidad y buen nombre como ser humano y como congresista de la república de Colonia y, en especial, las garantías judiciales a un debido proceso”.
“En este gran “tribunal ficticio” que delibera simbólicamente a partir de esta publicación, están presentes las dos partes procesales tradicionales: la acusadora o fiscal que asume Jergez y las acusadas o incriminadas: la “justicia nacional” representada por la cúpula judicial de su país de origen, Colonia; y la “justicia internacional regional”, cuya vocería tienen la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (COIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA)”.
“¿La Víctima? El estado de derecho”.
“Las instituciones incriminadas incurrieron, las primeras, en ostensible trasgresión, por acción y omisión, de la normatividad nacional e internacional consagratoria de los derechos y garantías arriba señaladas y de otros derechos humanos relacionados; y las segundas –hasta ahora- en grave omisión en la aplicación de los tratados internacionales sobre protección de estos mismos derechos, vigentes en Colonia”.
“El Tribunal Supremo que dictará sentencia final será la opinión pública, o mejor, el pueblo, a través de la percepción que él haga –espero que con prudencia y sabiduría- del pliego de cargos, pruebas y análisis que en este libro se expongan; y de la defensa que seguramente harán las acriminadas sobre su inimputabilidad o su inocencia”.
“Las reglas procesales y sustanciales son claras y precisas así como su orden de prevalencia: los principios universales de derecho sobre hermenéutica jurídica, la normatividad internacional vigente en Colonia y la normatividad nacional de este país”.
“¿La pena imponible? Condena moral y política por parte de la opinión pública nacional e internacional”.
“Lo que aquí se describe como ocurrido en Colonia pudiera haber sucedido (o podría llegar a suceder) en cualquier país del mundo; si con lo que aquí expone Jergez, demostrando hechos, analizando circunstancias y denunciando responsabilidades, contribuimos a eliminar esta última posibilidad, nos daríamos por bien servidos”.
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