Reabren cuatro casos de conductores ebrios que ya habían sido absueltos
Reabren cuatro casos de conductores ebrios que ya habían sido absueltos
OTTAWA.- La Corte Suprema de Canadá ordenó a los tribunales de apelación de Alberta, la Columbia Británica y Quebec que reabriesen cuatro antiguos casos de conductores ebrios.
Esta sorprendente orden obedece a que, hace poco, un caso judicial similar a los cuatro anteriores, que ya fueron cerrados, se ha resuelto conforme a una nueva normativa sentando precedente.
La corte de apelación de las tres provincias, por tanto, dictaminó que los cuatro acusados, después de haber sido absueltos en virtud de la llamada “defensa Carter” (aquella que permitía poner en duda los índices de alcohol en sangre que se registraban en el alcoholímetro), deben enfrentarse a nuevos juicios.
Los cuatro fueron acusados antes de que el gobierno federal acabase, en julio de 2008, con la defensa Carter y con la posibilidad de enmienda al Código Penal.
Los abogados de los cuatro acusados argumentaron que las modificaciones no podían aplicarse retroactivamente y que debían ser reafirmadas las absoluciones originales.
En un fallo a principios de este mes, la Corte Suprema restauró una absolución contra un hombre por conducir ebrio alegando que la defensa Carter ya fue eliminada ante la ley.
Los abogados insisten en que la aplicación retroactiva de las nuevas normas viola los derechos de sus clientes.
En un movimiento inusual, el Tribunal Supremo ha dictaminado que sean reabiertos los cuatro casos para que sean juzgados de acuerdo a la nueva normativa.
La defensa Carter fue un procedimiento muy común que se usó de manera habitual a partir de 1985 hasta julio de 2008.
En julio de 2008 el Parlamento aprobó la Ley C-2, que abolió el muy común y exitoso recurso, también llamado “prueba del contrario”. La firma de abogados Kruse Law, demostró, mediante un estudio, que esta defensa tuvo un éxito en el 90% de casos en los que fue usada.
Esencialmente, la defensa Carter se basaba en las pruebas que presentaba el acusado sobre su patrón de consumo, edad y peso. El acusado también presentaba el estudio, encargado a un experto, del nivel de alcohol que tenía en sangre durante el momento de la conducción junto a un examen toxológico, es decir, las “pruebas del contrario. ”
Con este procedimiento se conseguía, básicamente, que el abogado de la defensa pusiese en tela de juicio la viabilidad de los datos extraídos del alcoholímetro, demostrando, en la mayoría de casos, que el aparato daba una información errónea ya que el nivel de sangre de su cliente estaba por debajo del límite legal mientras ejercía la conducción.
En la mayoría de casos el abogado contrataba a un toxicólogo, el cual tomaba todos los datos pertinentes del paciente y demostraba que el índice de alcohol en sangre no era ilegal.
La Corte Suprema, viendo que por ahí se le escapaban la mayoría de los casos, decidió abolir este procedimiento alegando que no podía existir un índice de alcohol en sangre para cada individuo.
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