Tratado de no proliferación nuclear
Tratado de no proliferación nuclear
Con ocasión de la visita del presidente Iraní Mahmoud Ahmadineyad a algunos países de Sur y Centro América y el reciente informe de la Agencia Internacional de Energía Atómica de Naciones Unidas sobre el desarrollo del programa nuclear de los persas, ha vuelto a revivirse el debate mundial sobre la aplicabilidad del Tratado de no Proliferación Nuclear puesto a la firma de los diferentes países desde el 1° de julio de 1968, del cual forman parte 189 países y 4 están por fuera de él, India, Pakistán, Israel y Corea del Norte, los tres primeros porque decidieron desde el principio no suscribirlo y el último porque se retiró del mismo desde el año 2003.
Uno escucha, ve y lee en los medios occidentales comentarios sobre el tema, siempre con sesgo marcado sobre la irresponsabilidad del gobierno de Ahmadineyad, que según la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA, por su sigla en español) desbordó los límites del Tratado de no Proliferación Nuclear (TNPN, por su sigla en español) y los protocolos adicionales y anexos del mismo, así como las prohibiciones y limitaciones impuestas por la misma Agencia.
El TNPN sólo permite a cinco “estados parte nuclearmente armados” (EPNA) la posesión de armas nucleares: a los Estados Unidos (que lo firmó en 1968) al Reino Unido (en 1968) a Francia (en 1992) a la Unión Soviética (hoy Rusia – en 1968) y a la República Popular de China (en 1992) con el criterio de que eran Estados que habían realizado ensayos nucleares hasta 1967. No por coincidencia son estos los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y los únicos con derecho a veto, que con los restantes estados signatarios del tratado deben cumplir rigorosamente los tres principios básicos del mismo, o sea, la no-proliferación de armas nucleares, el desarme atómico y el uso pacífico de la energía nuclear. En contraste, el “club de los países pobres” con energía atómica (India, Pakistán, Israel y Corea del Norte) que están por fuera del TNPN disfrutan del privilegio de no tener que cumplir las restricciones orbitales.
Miremos con ojo crítico los mensajes que la comunidad internacional nos envió a través del TNPN, pues si estamos exigiendo a Irán el cumplimiento estricto de sus términos y protocolos, debemos observar con la misma severidad la actuación de las demás naciones signatarias así como los inconvenientes estratégicos del instrumento al dejar cabos sueltos o naciones privilegiadas por fuera de las regulaciones mundiales.
El artículo I del Tratado precisa que los 5 Estados Nuclearmente Armados (ENA) se comprometen a no transferir tecnología ni información científica alguna aplicable a la fabricación de armas nucleares, a países que no las tienen, ni tampoco a asistirlos en el desarrollo de armamento de este tipo; medida irreal que no pasó de ser “un saludo a la bandera” sin consecuencias prácticas, puesto que ningún Estado diferente a Rusia o China pudieron haber provisto a Corea del Norte de la ciencia y tecnología que le permitió a este país desarrollar en la última década armamento nuclear como el que posee hoy. Del mismo modo que, los avances armamentistas nucleares confesados por Israel, no pudieron provenir de países diferentes a las potencias nucleares de occidente, pues solo ellas tenían interés en un equilibrio geopolítico en esta región, marcada como estaba por un panarabismo socialista de influencia soviética.
En el artículo II del TNPN los Estados No Nuclearmente Armados (ENNA) que supuestamente lo eran los restantes países signatarios (184) se comprometieron a no desarrollar armas nucleares; mensaje que tampoco se ha cumplido estrictamente por estas naciones, pues un país como Corea del Norte que estuvo vinculado al Tratado hasta el 2003, venía desarrollando planes bélicos nucleares desde años atrás, con palpable violación del Tratado. Del mismo modo que hay versiones creíbles que indican que Mohammad Reza Pahlevi, monarca o Sha de Irán desde el 16 de septiembre de 1941 hasta la revolución iraní de 11 de febrero de 1979 que lo depuso del poder, terminó siendo un aliado leal de occidente después de la segunda guerra mundial, al punto de recibir favores de occidente tan significativos como el apoyo a un programa nuclear en su país, que fue el inició de lo que hoy constituye el programa nuclear iraní.
En esto hay todavía mucho secreto, sobre todo de los Estados Unidos y Rusia, que tienen el mayor arsenal atómico del mundo, cuyas reservas tecnológicas y científicas sobre energía nuclear han sido además infiltradas en varias ocasiones; no se sabe tampoco, hasta donde gran parte de dicha información ha sido transferida voluntariamente por las diferentes potencias nucleares a países aliados, probablemente con la evasiva de apoyar programas con fines pacíficos, que estos han desarrollado con propósitos bélicos no confesos.
Otro tema controversial del TNPN es el del artículo III que impone a los Estados Partes la obligación de someterse al régimen de salvaguardias totales de la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) el cuerpo regulador nuclear de Naciones Unidas, para lo cual se ha suscrito un Protocolo Adicional que contempla un rígido régimen de prescripciones prohibitivas y permisivas; las primeras dirigidas precisamente a limitar el enriquecimiento de uranio y a realizar otras operaciones que conduzcan a la elaboración de armas nucleares y las segundas destinadas a permitir las visitas programadas o de oficio de la AIEA a los centros nucleares de los Estados Partes con propósito de supervisión, control y vigilancia del cumplimiento del Tratado; instrumento que hasta este momento no han suscrito los Estados Unidos y Rusia, pero si Irán y la gran mayoría –no todos- de los Estados signatarios.
La gran crítica al Tratado surge precisamente del hecho de que no se prevean mecanismos que impongan la equidad de trato entre ENA y ENNA respecto de las salvaguardas, pues mientras a estos se le imponen, aquellos pueden eludirlas, teniendo ambos obligaciones y deberes contractuales, diferentes sí, pero al fin de cuentas compromisos y responsabilidades, todos los cuales deberían cumplir por igual los Estados Partes.
No hay autoridad moral de los Estados Nuclearmente Armados (Estados Unidos, Francia, Rusia, China y Reino Unido) para exigir a los Estados No Nuclearmente Armados (Irán y 183 más) el cumplimiento de la obligación de recibir las visitas de la Agencia Internacional de Energía Atómica y de acatar sus mandatos y directrices, si aquellos se niegan a hacerlo respecto de sus propios centros nucleares para que la AIEA verifique, verbigracia, si los compromisos adquiridos en el Tratado de hacer entre sí negociaciones para la reducción y liquidación de sus arsenales nucleares (Preámbulo y artículo VI del TNPN) se han cumplido efectivamente o no.
El mismo artículo VI del Tratado establece el derecho nacional de todos los pueblos a desarrollar energía nuclear para fines pacíficos, en concordancia con los artículos I y II, tesis que ha defendido Irán en su caso, que sus aliados en oriente medio y en América han apoyado y que probablemente Mahmoud Ahmadineyad reiterará en su proyectada visita de la semana que comienza a Venezuela, Cuba, Nicaragua y Ecuador.
La AIEA de Naciones Unidas por el contrario opina que el Presidente Iraní miente y que todos los indicios conducen a concluir que este país tiene el propósito de construir un arsenal de armas nucleares, encubierto por un programa de energía nuclear con fines pacíficos, cuyos detalles tecnológicos no han dejado observar de la Agencia.
Con base en estas contradictorias posiciones, la interpretación política de las potencias de occidente vuelve a ser, como ocurrió en el caso de Irak, la de que Irán tiene el plan de fabricar armas nucleares de destrucción masiva que amenazan a la humanidad; en Irak eran armas químicas que jamás aparecieron; en Irán es la supuesta fabricación de bombas y misiles atómicos. Sin embargo, Irán no es Irak que estaba solo en la región; ni Ahmadineyad es Hussein, ni el pueblo iraní es igual al iraquí, como tampoco los muy bien entrenados ejércitos persas tienen similitud alguna con las divididas fuerzas militares iraquíes.
De otro lado, los países con armas nucleares, o por lo menos con tecnología e insumos para producirlas, India, Pakistán, Israel y Corea del Norte, que están por fuera del TNPN, tienen aparentemente las manos libres para desarrollar programas armamentistas nucleares, porque además de no tener que cumplir las limitaciones del Tratado, no podrían acceder a este sino como Estados No Nuclearmente Armados (ENNA) por lo cual tendrían que desmantelar antes sus arsenales nucleares, lo que en ningún caso harían.
Lo que sí rechazamos un buen sector de opinión latinoamericana y creo que la inmensa mayoría de los pueblos hispanoamericanos, es que a nombre de cualquier ideología política se nos traigan a nuestros países, bajo pretexto de cooperación tecnológica o científica, armamentos nucleares o métodos de construcción de armamento atómico, camuflados como proyecto con fines pacíficos, porque ello desencadenaría una carrera armamentista de imprevisibles consecuencias en nuestro continente, si es que antes no se provoca con ello a los Estados Unidos para una indeseable guerra preventiva.
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