Sombras sobre Guaidó
Sombras sobre Guaidó

El líder opositor Juan Guaidó.
Opositor “a un paso de la cárcel” tras fallo de Tribunal Supremo
CARACAS, 27 MAYO – La crisis institucional en Venezuela se agudizó hoy en plena pandemia, tras el fallo judicial que anula la presidencia parlamentaria de Juan Guaidó, reconocido como presidente interino por más de 50 países.
Analistas advirtieron que el dictamen del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que reconoce la directiva de la Asamblea Nacional que encabeza Luis Parra, designado con el apoyo de los factores minoritarios de la oposición y el chavismo, coloca a Guaidó “a un paso de la cárcel”.
Además, representa un golpe al Legislativo único Poder Público con legitimidad democrática, electo por 14 millones de venezolanos en las parlamentarias del 2015 y reconocido a nivel internacional.
Alí Daniels, abogado y director de la ONG Acceso a la Justicia, advirtió que el dictamen “no tiene sustento legal, tiene una clara intencionalidad política y es un terrible impacto institucional”.
“El TSJ en lugar de decidir aquí hay tantos votos para esta plancha y tantos para esta otra decidió con tres argumentos bastantes débiles que era Parra el presidente de la Asamblea”, dijo. Explicó que el “más sorprendente de todos que no tiene que ver con lo jurídico” y en el que basó su decisión es “que se está haciendo un diálogo entre el gobierno y la oposición, sin aclarar que es con una parte de la oposición, y que eso estaba dando las bases para que la Asamblea Nacional saliera del desacato”.
El TSJ declaró desde el 2016, al Parlamento en desacato y sus actos nulos mientras sigan juramentados los tres diputados opositores de Amazonas cuya elección fue cautelarmente suspendida tras ser acusados de delitos electorales.
“Si esta es la única manera de salir del desacato y las elecciones de Julio Borges, Omar Barboza y Juan Guaidó son nulas porque esta elección de Parra si es válida, porque la decisión dice que el desacato se mantiene”, afirmó. Asimismo, dijo que el fallo tomó el hecho de que “Parra afirmó que Guaidó no apareció, cuando están las fotos y vídeos que intentó entrar y no se lo permitieron, y procedieron actuar como cuando la Asamblea recién electa va a iniciar su periodo constitucional, que el diputado más antiguo dirige el debate para elegir la directiva”.
“Ese caso es inaplicable porque la primera sesión fue en el 2016 y no en el 2020”, apuntó.
Además, comentó que el fallo sostuvo que a Parra le robaron la lista de los asistentes a esa elección, lo cual “es un hecho notorio y comunicacional porque Parra lo dijo, pero no lo comprobó”.
Daniels advirtió que al prohibir que se instale cualquier Parlamento paralelo o virtual y de ocurrir se considerara en desacato “implica que la Sala Constitucional pudiera decidir que Guaidó entra en desacato y ordenar su detención”.
“A partir de esta sentencia ha ocurrido el desmantelamiento de las instituciones porque todas están deslegitimadas. El Estado de derecho ahorita es un ejercicio de dibujo libre”, opinó.
Además, lamentó que “la única salida para reconstruir la institucionalidad que era través de un comité de postulación de la Asamblea Nacional para tener un Consejo Nacional Electoral confiable que permitiese hacer unas elecciones, se ha acabado”.
A través de un comunicado la consultoría jurídica del Parlamento rechazó el fallo que tildó de “farragoso escrito, en el cual no existe ni análisis de prueba alguna sobre los hechos ocurridos”.
“No existe en el referido pronunciamiento nada que pueda desvirtuar lo que, efectivamente, ocurrió en la sesión del 05 de enero de 2020 y que está expresado en la Lista de Votación de Diputados hecha pública en la página web de la Asamblea Nacional el día 07 de enero de 2020”, expresó.
Indicó que ahí “se da cuenta del quórum necesario para instalarse y sesionar válidamente y de la holgada mayoría con la cual fue elegida la Junta Directiva que preside Guaidó”.

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