Corte IDH blindó la libertad de expresión en todo el continente
Corte IDH blindó la libertad de expresión en todo el continente
– En una sentencia respaldó a medios de comunicación y periodistas en torno a este derecho. El caso nació en Chile.
Un precedente, o en palabras más sencillas, un respaldo a los medios de comunicación y a periodistas del continente es lo que se derivó de una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la que sentó posición sobre el derecho a la libertad de expresión y lo que confluye en ella.
En la sentencia, en la que condenó al Estado de Chile por violaciones “a los derechos a la libertad de pensamiento y de expresión” en el caso del abogado, defensor ambientalista y de derechos humanos, Carlos Baraona Bray –ocurrido en el año 2004–, la Corte IDH dejó claro que en la información prevalece el derecho de los ciudadanos a conocer los hechos y estar informados, y más si se trata de asuntos de interés público.
“La libertad de expresión es, en efecto, un pilar fundamental del sistema democrático, pues permite que las personas ejerzan el control de las gestiones estatales, cuestionen, indaguen y vigilen el cumplimiento de las funciones públicas”, expresó la Corte en la sentencia con fecha del 24 de noviembre de 2022, pero dada a conocer hace dos días.
En el mismo documento, la Corte IDH sentó precedente sobre un asunto inherente al periodismo y su relación con la libertad de expresión y es que este derecho en su dimensión individual y en su dimensión colectiva o social hace posible que las comunidades se formen opiniones, tomen decisiones y tengan una incidencia real en la sociedad, razón por la cual necesitan estar informadas de los sucesos.
No más vía penal
Tal como sucedió con Carlos Baraona, que tras la denuncia de tala del árbol alerce fue demandado penalmente, en Colombia y en otros países del continente varios periodistas se han visto en enredos en tribunales porque sus informes dejaron en evidencia el mal proceder de funcionarios públicos o políticos. En Nicaragua, por ejemplo, el presidente Daniel Ortega encarceló en el 2022 a ocho periodistas, los mismos que fueron excarcelados en febrero, pero la persecución se ha extendido a líderes de oposición y sacerdotes católicos.
En Guatemala se vivió con la persecución y señalamiento de fuentes oficiales al periodista José Rubén Zamora; y en Colombia, uno de los últimos casos lo vivió la periodista Alexandra Correa, quien denunció presuntas irregularidades de un defensor de familia en asuntos relacionados con la protección de la niñez, y terminó “en vueltas” en los estrados judiciales.
Frente a la vía judicial, la Corte IDH recomendó a los estados crear mecanismos diferentes a la demanda penal “para que los funcionarios públicos obtengan una rectificación o respuesta o la reparación civil cuando su honor o buen nombre ha sido lesionado. Las medidas que se dispongan deben aplicarse conforme al principio de proporcionalidad”, con el daño a la reputación sufrido. Asimismo, indica que deben existir garantías “que permitan la protección de la persona sancionada en contra de condenas por indemnizaciones desproporcionadas respecto del monto establecido por la afectación a la reputación”.
A las demandas por la vía penal se suman las amenazas a las que se ven sometidas los periodistas que, según la Fundación para la Libertad de la Prensa, FLIP, fueron 218 intimidaciones en 2022; sin contar el asesinato de dos reporteros, para un total de cinco en los últimos tres años.
“Estos ataques frustran la posibilidad de compartir información, de hacer seguimiento a los problemas que afectan a la comunidad y poner freno a las arbitrariedades, esas que con frecuencia ocurren en las zonas más conflictivas del país”, dice la FLIP.
El caso de la demanda
El pronunciamiento de la Corte se basó en el caso del abogado Carlos Baraona Bray, quien en 2004 denunció al congresista chileno Sergio Páez, en un caso de afectación al medio ambiente.
Baraona señaló las presiones del senador Páez a las autoridades para que mantuvieran una ocupación ilegal en un terreno en el que se talaba alerce, un árbol protegido por las leyes chilenas. Frente a esta información, Páez acudió a los tribunales y el Tribunal de Garantía de Puerto Montt falló a favor del congresista y condenó a Baraona a 300 días de cárcel y una multa al ser hallado culpable “ de injurias”.
El martes, 18 años después de esta sentencia, la Corte IDH señaló que Baraona no incurrió en tal delito y consideró que la información era pertinente para la ciudadanía. Además, en el fallo obligó a que el estado chileno le pague a Baraona 60 mil dólares como indemnización y 20 mil más por los gastos judiciales.
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