El Tribunal Constitucional de Perú anula la condena a prisión del expresidente Ollanta Humala
El Tribunal Constitucional de Perú anula la condena a prisión del expresidente Ollanta Humala

Ollanta Humala a su salida de la prisión Barbadillo, en Lima (Perú), este viernes. Foto: Martin Mejia
- El exmandatario, encarcelado por lavado de activos desde 2025, queda en libertad. “Hemos sido víctimas de una persecución política y judicial”, afirma
Uno de los cuatro expresidentes del Perú recluidos en el penal de Barbadillo —la prisión construida al este de Lima exclusivamente para exjefes de Estado— abandonó este viernes su celda.
El Tribunal Constitucional ha anulado el proceso penal contra Ollanta Humala Tasso (2011-2016) —el último presidente que acabó su mandato— por el presunto delito de lavado de activos agravado, ha ordenado el archivo de la investigación preliminar y ha declarado fundado el hábeas corpus presentado por su defensa. “Hemos sido víctimas de una persecución política y judicial”, ha dicho Humala tras salir de prisión. “El 15 de abril de 2025 fui secuestrado por el Estado, y después los sicarios de ese momento regularizaron una situación ilegal. Jamás hemos cometido delito alguno. Nunca he recibido aportes de campaña ni de Venezuela ni de Brasil”, afirmó.
En abril de 2025, el Poder Judicial condenó al líder del extinto Partido Nacionalista y a su esposa, la ex primera dama Nadine Heredia, a 15 años de prisión efectiva tras hallarlos culpables de recibir aportes ilícitos de la constructora brasileña Odebrecht y del Gobierno venezolano de Hugo Chávez para financiar las campañas presidenciales de 2006 y 2011. En la primera de ellas, Humala rozó la presidencia, pero fue derrotado en segunda vuelta por Alan García. Cinco años después alcanzó el poder al imponerse sobre la hoy presidenta, Keiko Fujimori.
Humala, de 64 años, ha permanecido quince meses bajo la sombra, en el penal de Barbadillo. Heredia, en cambio, nunca llegó a cumplir la condena. Obtuvo asilo político del Gobierno de Lula, con la venia del Gobierno de Dina Boluarte para abandonar el país. Desde entonces reside en São Paulo junto con el hijo menor de la pareja. Su salida generó una intensa controversia. Diversos sectores cuestionaron que hubiera sido considerada una perseguida política. No era, sin embargo, la primera vez que ambos enfrentaban la privación de su libertad: entre julio de 2017 y mayo de 2018 permanecieron en prisión preventiva por la misma investigación.
Ahora, el Tribunal Constitucional ha dado un giro definitivo al caso. El máximo intérprete de la Constitución concluyó que en el proceso contra Humala se vulneraron “los principios de legalidad y tipicidad, conexos al derecho a la libertad personal”. En su resolución sostiene que no quedó acreditado que el expresidente conociera, o siquiera pudiera presumir, el origen ilícito de los fondos que recibió para sus campañas.

Simpatizantes de Ollanta Humala protestan fuera de la prisión Barbadillo, este viernes. Foto LESLIE MORENO (REUTERS)
El fallo añade otro argumento de fondo: la conducta por la que fue condenado no constituía delito cuando ocurrieron los hechos. La modalidad de receptación patrimonial dentro del delito de lavado de activos fue incorporada a la legislación peruana recién en 2016, varios años después de los aportes investigados. En otras palabras, el Tribunal considera que se aplicó retroactivamente una figura penal inexistente en el momento en que se habrían cometido los hechos.
Se trata del mismo criterio por el que la presidenta Keiko Fujimori quedó absuelta del caso Cócteles. El mes pasado, el Poder Judicial ordenó el archivo del proceso penal que se le seguía a la hija de Alberto Fujimori por el presunto delito de lavado de activos. A la jefa de Estado se le acusaba de haber recibido dinero mal habido en sus campañas presidenciales de los años 2011 y 2016 bajo la fachada de reuniones o cócteles.
“Es una consecuencia lógica del pronunciamiento que tuvo el Tribunal Constitucional en el caso ‘Cócteles’, que terminó favoreciendo a la señora Keiko Fujimori y a los demás acusados. Por una aplicación de similar criterio, este Tribunal Constitucional ha considerado también anular todo el proceso que se ha seguido contra el expresidente Ollanta Humala y los demás procesados”, ha declarado José Domingo Pérez, el exfiscal que tuvo a cargo el caso de Keiko Fujimori.
El abogado César Nakasaki sostiene que tanto el Poder Judicial como el Ministerio Público deberían hacer una autocrítica. “Prisión preventiva, incautación de su hogar, sentencia condenatoria, inconstitucionales. ¿Por qué tantos años negándose a reconocer que las donaciones electorales no constituyen delito de lavado de activos? ¿Cuántos años hace que pedí diferenciar aportes de campaña y sobornos? Al no hacerlo, se causó arbitrariamente grave daño personal y familiar, así como al debilitado sistema político”, afirma.

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