El Gobierno permite usar información obtenida con tortura
El Gobierno permite usar información obtenida con tortura
El Popular. Ottawa.- El Gobierno federal ha indicado la agencia de espionaje de Canadá (CSIS, por sus siglas en inglés) que puede hacer uso de información obtenida mediante torturas en “casos excepcionales” en los que la seguridad pública esté en juego.
Esta directiva representa un cambio en la política del Gobierno conservador, que hasta ahora había insistido en que los servicios canadienses de seguridad e inteligencia debían descartar cualquier información sobre la que existieran indicios de haber sido obtenida mediante torturas.
Ahora, el ministro de Seguridad Pública, Vic Toews, ha indicado al CSIS que el Gobierno espera que el servicio de espionaje “haga de la protección de la vida y la propiedad su principal prioridad”, según refleja una copia de una directiva de dos páginas fechada en diciembre de 2010, obtenida por la agencia The Canadian Press en virtud de la Ley de Acceso a la Información.
La directiva ha provocado la condena inmediata por parte de la sección canadiense de Amnistía Internacional, que señaló que “la información obtenida bajo tortura no tiene cabida alguna en el sistema de justicia. Punto”.
En concreto, la directiva desarrolla una orden ministerial de 2009 en la que se establece que el CSIS no debe confiar en informaciones obtenidas bajo tortura y se detallan medidas para identificar informaciones “contaminadas”.
En el nuevo documento, sin embargo, se indica que, “en circunstancias excepcionales” donde exista una amenaza para la vida humana o la seguridad pública, el carácter de urgencia puede requerir que el CSIS tenga que “compartir con las autoridades competentes la información más completa disponible en ese momento, incluyendo información basada en datos suministrados por agencias extranjeras que puedan haber sido obtenidos mediante el uso de la tortura o los malos tratos”.
En tales circunstancias excepcionales, añade la directiva, no siempre es posible determinar la forma en que ha sido obtenida la información por parte de una agencia extranjera, y hacer caso omiso de esta información únicamente a causa de su origen supondría “un riesgo inaceptable para la seguridad pública”.
La directiva indica que la decisión final de investigar y analizar la información que pudo haber sido obtenida por métodos condenados por el Gobierno canadiense recae en el director de CSIS, o en su director adjunto de operaciones, “de conformidad con las obligaciones legales de Canadá”.
Por último, establece que el ministro debe ser informado, “según proceda”, sobre la decisión de utilizar esa información.