Los cambios propuestos a la ley de Inmigración podrían producir la perdida de la residencia para muchas personas
Los cambios propuestos a la ley de Inmigración podrían producir la perdida de la residencia para muchas personas
En los últimos días, todos los medios de comunicación han estado prestándole mucha atención al nuevo proyecto de ley que el ministro de Inmigración y Ciudadanía de Canadá, Jasson Kenney, está presentado, y que ya ha pasado la primera lectura en el Parlamente, que se espera pase la segunda, y que finalmente sea aprobado en el Senado en los próximos meses. Esto es posible obviamente porque este es un gobierno de mayoría y por lo tanto No habrá oposición a estos cambios.
Muchas de las leyes que están por aprobarse son leyes que hace 20 meses prácticamente fueron detenidas por la presión de los tres partidos de la oposición y por el trabajo de los organismos defensores de los derechos humanos, entre ellos la Asociación de Abogados y la Asociación de Consultores de Inmigración.
En estos momentos, generalmente cuando la gente habla de los cambios se centra mayormente en los casos de refugio, y si bien es cierto que va a haber un impacto negativo en los casos de refugio, también muchos de los cambios van a impactar en el programa de trabajadores calificados, en el de trabajadores temporales, en el de patrocinio de esposos y esposas, y en muchos otros programas. A través de nuestras columnas en las próximas semanas vamos a estar hablando de cada aspecto de estos cambios de ley. Definitivamente algunos de los cambios van a tener resultados positivos, pero lamentablemente otros van a tener impactos negativos.
La semana pasada se puso mucho énfasis en una sección de ley que le va a permitir al ministro de Inmigración quitarle la residencia permanente a personas que fueron aceptadas como refugiadas, pero que de alguna manera ha habido cambios en el país de origen desde el momento en que a la persona se le otorgó la residencia permanente. En este sentido, la propuesta busca implementar una sección llamada sección de cesación, que implica que las razones por las cuales la persona pidió refugio y fue aceptada ya no existen en el país del cual la persona sentía persecución, y por lo tanto esa persona puede ser deportada al país de origen.
Esto podría tener implicaciones muy serias no solamente para las personas que están en el proceso de refugio o que acaban de ser aceptadas y se les acaba de dar la residencia permanente, en este sentido, esto podría tener también un impacto en personas que han recibido su residencia décadas atrás y cuyos países de donde vinieron cambiaron completamente el sistema de gobierno ya que la ley se aplicara de manera retroactiva.
Ante esta situación, muchas personas que trabajan con refugiados y en ayuda de asentamiento en Centros Comunitarios, con toda la buena voluntad de querer ayudar han enviado correos electrónicos masivos motivando a las personas que aun no son ciudadanas a que se hagan lo antes posibles. Pero a pesar de que la manera segura de no perder la residencia permanente es el obtener la ciudadanía tan pronto como la persona reúna los requisitos para hacerlo, en estos momentos precisos mi consejo a estas personas que aun no son ciudadanos canadienses es de que antes de hacer la solicitud para obtener la ciudadanía canadiense se aseguren de que en su historia de los últimos 4 años no haya ningún tipo de acción que pueda llevar al Oficial de Ciudadanía a entregar su expediente al Departamento de Inmigración para que se empiece una investigación que le quite su residencia permanente.
Planteo ésto porque desde hace aproximadamente un año a los Oficiales de Ciudadanía se les ha dado instrucciones de que tienen que investigar a fondo los casos que son presentados, y estamos viendo que un caso de ciudadanía que tardaba de 10 a 12 meses para ser procesado, en estos momento esta tardando 19 meses. Tampoco es ninguna coincidencia que muchos de los casos que están estancados son casos de personas que por ejemplo vinieron a Canadá, pidieron refugio, fueron aceptados como refugiados, obtuvieron su residencia permanente como refugiados, y regresaron a visitar a parientes amigos al país del cual habían pedido refugio.
Hay que recordar que cuando se hace el trámite de ciudadanía hay que explicar específicamente los tiempos que la persona se ha ausentado del país, hay que decir a dónde ha ido y por cuanto tiempo. En este sentido, si la persona es refugiada y regresó al país de origen prácticamente está diciéndole al Oficial de Ciudadanía que se ha entregado a la protección del país del cual decía tener temor, y por lo tanto ese expediente podría ser entregado al Departamento de Inmigración, y hay pruebas suficientes de que la persona se sometió a la protección del gobierno de su país por el mero hecho de haber ido, y entonces se le puede quitar el estatus de refugiado y la residencia.
A parte de esta sección de ley, también, personas que han estado fuera del país por más del tiempo que la ley le permite antes de perder la residencia permanente, corren el riesgo no solamente de que no se les de la ciudadanía sino también de que se le entregue el expediente al Departamento de Inmigración, y que éste haga una investigación de la persona y que se le quite la residencia permanente por no haber cumplido con los requisitos legales para mantenerla.
De la misma manera corren riesgo personas que han obtenido su residencias permanente por medio de un matrimonio y ahora se han divorciado de esa persona (porque también en la solicitud de ciudadanía se le pregunta el estado civil), y personas que han obtenido la residencia permanente bajo alguno de los programas de nominaciones provinciales, como Alberta u otra provincia, pero que no han ido en ningún momento a vivir a esa provincia sino que únicamente han usado esa provincia para obtener la residencia permanente y se han ido a vivir a otra zona que no era la provincia para la cual aplicaron.
Entonces, sin la menor intención de alarmar a nadie, siento la obligación de explicar que estamos viviendo momentos críticos en la historia de la inmigración a Canadá, que jamás en los 40 años que tengo de vivir en este país y los casi 30 años de trabajar con el tema de inmigración, hemos visto los cambios y el rigor de penalización a las personas como se está viendo desde que tenemos este gobierno de mayoría.
Si la persona no ha tenido ningún problema obviamente al cumplir sus 1095 días debe solicitar de inmediato la ciudadanía.
Pero si la persona tiene la mínima sospecha de que puede haber infringido alguna sección de las leyes de inmigración, por favor busque asistencia, vaya donde su consultora o su abogado de inmigración que lo representa, y sea honesto con esta persona explicándole la situación en que se encuentra, porque el solicitar la ciudadanía podría resultar en que se esté entregando al Departamento de Ciudadanía para que este a su vez lo entregue al Departamento de Inmigración para que su residencia permanente sea revocada.
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