INMIGRANDO A CANADA
INMIGRANDO A CANADA
Por Vilma Filici
filici@filici.com
TORONTO. En esta columna voy a hablar de temas que deberían ser muy sencillos pero que a veces a muchas personas se les hacen muy complicados. Me refiero al tiempo que les dan en el puerto de entrada al llegar a Canadá y el obtener extensiones de la estadía.
Primeramente, es necesario entender que el tiempo que se le da a la persona para permanecer en Canadá es decidido por el oficial de la Agencia de Servicios Fronterizos (CBSA, por sus siglas en inglés) en el momento en que la persona llega a Canadá. El oficial va a realizar una entrevista que puede ser muy corta o, si hay dificultades, puede ser extensa.
El mandato del oficial es asegurarse de que la persona es un visitante genuino, que vino de visita y que culminada esta se regresará a su país. Por ese motivo se les pregunta la razón de la visita, en qué fecha piensan salir de regreso a su país, y se les pide que comprueben que tienen suficiente dinero para mantenerse en Canadá sin tener que trabajar de forma indocumentada.
Una vez que el oficial toma su decisión, en base a esta le da o no entrada al país. Si decide dejarla entrar puede darle un tiempo específico para permanecer en el país, puede ser una semana un mes o más. De ser así, le estampa un sello en el pasaporte y debajo del sello le pone la fecha de vencimiento de la estadía. Si el oficial sólo pone un sello sin ninguna fecha de vencimiento, entonces el visitante tiene entrada por seis meses, los cuales están prescritos en los reglamentos de inmigración.
Ahora bien, ¿qué sucede en cualquiera de los casos si el visitante está llegando al final del tiempo autorizado y decide quedarse más tiempo? La persona puede hacer una solicitud de extensión de estatus. Para hacer esto debe llenar formularios y debe enviarlos en línea o por correo regular al Departamento de Inmigración, Refugio y Ciudadanía. Si se manda en línea tarda 82 días, y si se manda por correo regular tarda 119 días.
Para asegurarse de obtener la extensión es esencial poder demostrar que la persona tiene suficiente dinero para mantenerse en Canadá por el tiempo extra. Se debe enviar prueba del dinero que tiene o una carta de un amigo o pariente que deje claro que el visitante está residiendo en su casa y que le están dando casa y comida. También debe dar una razón por la cual desea extender su estatus.
El Departamento de Inmigración, Refugio y Ciudadanía requiere que la solicitud se envíe con un mes de anticipación, pero la realidad es que se puede enviar en cualquier momento antes de su vencimiento.
Una pregunta que surge automáticamente cuando se procesa una solicitud es ¿qué sucede si mando la solicitud de extensión y no recibo respuesta hasta después de que venza mi estatus? Los reglamentos de inmigración han provisto este tipo de situaciones y hay una sección de ley que dice que, si la extensión de estatus fue enviada antes de que el estatus migratorio venciera, la persona continúa teniendo el mismo estatus hasta el momento de recibir la respuesta. Este proceso se llama “implied status” o estado implícito.
Otra pregunta muy frecuente que nos hacen es ¿cuántas veces puedo pedir la extensión? Generalmente la primera extensión la dan sin muchos problemas, pero ya en una tercera o más los oficiales cuestionan si la persona en realidad es un visitante genuino. Porque cuando se está con una visa temporal tiene que haber un momento clave cuando la persona abandonará el país.
Con mucha frecuencia, personas que vienen de países que no requieren visa para ingresar a Canadá y que tienen la eTA, es decir la autorización electrónica de viaje que se les da por 5 años, en vez de hacer el trámite de extensión de visa por la oficina en Vegreville, Alberta, salen del país hacia los Estados Unidos y vuelven a entrar por tierra para que les den un nuevo sello con la esperanza de que se puedan quedar por otros seis meses.
En estos casos hay que tener en cuenta que el oficial en el puerto de entrada tiene el poder de permitirles la entrada nuevamente o de negárselas. También hay que considerar que, si la persona aún tiene su estadía vigente, el oficial los puede dejar entrar con el mismo sello y no darles uno nuevo, porque cuando un visitante sale de Canadá a Estados Unidos es como si no hubiese salido de Canadá, y ese sello continúa siendo vigente. Esto sólo ocurre saliendo a Estados Unidos, si se van a cualquier otro país la vigencia del sello expira.
En este caso también hay que tener en cuenta que el oficial de servicios fronterizos debe evaluar si el visitante es en realidad un visitante genuino. Si ha salido y entrado muchas veces (más de dos) en algún momento el oficial sospechará que la persona ya no es un visitante genuino y le puede negar la entrada. También, dado que el puerto de entrada no es la oficina designada para hacer extensiones de estatus, la persona se está arriesgando a que no sólo le nieguen la extensión o entrada, sino que le den una orden de salida.
Para pedir una extensión es mejor ir a lo seguro. Preparar los formularios correspondientes: Application to Change Conditions, Extend my stay or Remain in Canada as a visitor or Temporary Resident Permit Holder (IMM 5708), pago de $100.00, prueba de fondos para mantenerse y/o una carta de apoyo de un familiar o amigo residente o ciudadano y prueba de fondos de esa persona, carta del trabajo en el país de origen dándole licencia y fecha a la que deben reintegrarse al trabajo, y pasaje de regreso (si lo tiene). Y si se quiere quedar para algún evento en especial, prueba del evento (boda, bautismo etc.).
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