Tenga cuidado con sus dispositivos digitales cuando llegue a los puertos de entrada
Tenga cuidado con sus dispositivos digitales cuando llegue a los puertos de entrada
Por Vilma Filici
filici@filici.com
TORONTO. El mes pasado me contactó una persona muy enfadada y a su vez muy preocupada porque al intentar entrar a Canadá un oficial de la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (CBSA) le pidió su teléfono y sus contraseñas, y después de revisar el contenido se apoderó de su celular para hacer una investigación más profunda. El oficial dijo haber detectado información que podría resultar en cargos criminales para la persona, y a su vez le negó la entrada a Canadá y le dio una orden de expulsión.
A la luz de este caso, creo que es importante entender cómo funciona el proceso de revisar los dispositivos electrónicos en la frontera. Probablemente habrá cambios en un futuro cercano, pero por el momento hay que conocer las leyes actuales.
La Corte Suprema de Canadá desestimó recientemente una solicitud de permiso para apelar la decisión de la Corte de Apelaciones de Alberta en el caso “R vs. Canfield”, lo que significa que los funcionarios fronterizos canadienses no tienen facultades de búsqueda ilimitadas bajo la Ley de Aduanas para revisar el contenido de los dispositivos personales en las fronteras internacionales.
Al desestimar la apelación, la decisión del Tribunal de Apelación se mantiene y solidifica que no se justifica el registro de dispositivos digitales en los puertos de entrada a Canadá. El tribunal determinó en su momento que la CBSA no tiene poderes de búsqueda ilimitados para examinar los dispositivos digitales personales de las personas, pero la decisión se suspendió por un año para permitir que el Parlamento Federal presente una solución al problema.
Como resultado, la práctica de examinar los dispositivos digitales en los puertos de entrada a Canadá sigue vigente y los funcionarios de la CBSA tienen derecho a examinar todos los dispositivos de los viajeros que ingresan al país
Cuando las personas ingresan a Canadá a través de cualquier puerto de entrada, los agentes de la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá tienen la autoridad para examinar todos los bienes que ingresan al país sin una orden de cateo. Los bienes son todas las cosas que tiene en su posesión una persona al momento de ingresar al país. Debido a la amplia definición del término “bienes”, esto no solo se aplica a artículos como su equipaje, bolsos, compras y ropa, sino también a todos sus dispositivos digitales. Y un dispositivo digital puede incluir sus teléfonos celulares, computadoras portátiles, teléfonos inteligentes, tabletas, cámaras, relojes inteligentes y cualquier otro dispositivo que pueda almacenar datos digitales.
Los funcionarios de la CBSA examinarán los dispositivos digitales si tienen dudas sobre la admisibilidad de la persona o la admisibilidad de los bienes; sobre su identidad o sobre el cumplimiento de las leyes y reglamentos canadienses. Si tienen motivos para creer que se ha producido una infracción, pueden examinar los dispositivos digitales y pueden negar la entrada a Canadá.
Antes de examinar sus dispositivos digitales, un oficial de CBSA le hará preguntas. El oficial le pedirá su contraseña y la anotará en una hoja de papel. Usted está obligado a proporcionar su contraseña al oficial de la CBSA cuando se lo solicite. Si no proporciona la contraseña, su dispositivo digital puede ser retenido en virtud de la sección 101 de la Ley de Aduanas, o en virtud de la subsección 140 (1) de la Ley de Inmigración y Protección de Refugiados.
El oficial de CBSA luego activará su dispositivo electrónico en modo avión para que no pueda enviar ni recibir información. Si no hay problemas con el funcionamiento del dispositivo, el oficial lo examinará en su presencia. Si hay problemas con su dispositivo, el oficial puede enviarlo para una revisión más detallada.
El oficial de CBSA no tiene permitido examinar ninguna información en su dispositivo que esté marcada como “privilegio de abogado-cliente”. Esto se aplica a cualquier persona que ingrese al país.
Si el oficial determina que no hay evidencia de ninguna infracción, le devolverá su dispositivo digital junto con el papel donde se escribió su contraseña. Pero si encuentra evidencia de una infracción, la CBSA confiscará su dispositivo digital, y se le explicarán sus derechos, incluido su derecho a impugnar la incautación de su dispositivo digital.
Si el oficial de CBSA no puede decidir sobre alguna infracción, el dispositivo puede ser incautado para un examen más detallado, un proceso puede tardar hasta 30 días, tras lo cual, si no se encuentra ninguna infracción, se le devolverá el dispositivo. Si la CBSA le confisca su dispositivo digital, usted puede presentar una objeción.
El oficial puede decidir, en cualquier momento, rechazar su entrada a Canadá.
Muchos creen que esta práctica de la CBSA de examinar dispositivos digitales es una violación de nuestros derechos constitucionales y piden que se detengan o limiten los registros sin orden judicial. Y de hecho, en un país libre y democrático, esta práctica no está de acuerdo con nuestros estándares y derechos en Canadá.
Pero las leyes que rigen los registros de la CBSA han estado vigentes durante décadas y la preocupación por la revisión de los dispositivos digitales se ha convertido recientemente en una preocupación importante. La razón de esto es porque nuestros dispositivos digitales ahora contienen una gran cantidad de información personal y confidencial. Todo lo que hacemos ahora lo hacemos en un dispositivo o en línea. Toda nuestra vida se puede documentar en forma digital, por lo que la revisión de nuestros dispositivos digitales es ahora un problema importante de privacidad, más que nunca debido a la cantidad de información personal almacenada en ellos.
OpenMedia, un grupo de defensa del consumidor ya ha actuado contra la revisión de los dispositivos digitales por parte de los agentes de la CBSA en los puertos de entrada. Han lanzado campañas publicitarias y en línea para crear conciencia sobre la práctica e informar a las personas sobre sus derechos. También han presionado al gobierno de Canadá para que actualice las reglas que rigen la revisión de dispositivos electrónicos por parte de la CBSA.
“Estas leyes están increíblemente desactualizadas”, dijo la activista de privacidad de OpenMedia, Victoria Henry. “La forma en que tratan nuestros dispositivos digitales es como simples bienes, y esa es la misma clasificación que tiene una bolsa de camisetas”.
Tal como explique antes, en marzo de 2021 el Tribunal de Apelación sopesó los derechos de privacidad de los viajeros con el interés del gobierno en vigilar el movimiento de personas, bienes y servicios en sus fronteras. El tribunal concluyó que los viajeros tienen una expectativa legítima de privacidad de la información en sus dispositivos electrónicos y que la CBSA no podía justificar los registros de dispositivos electrónicos en la frontera.
Pero el tribunal suspendió su decisión por un año y concluyó que se debe dar tiempo al Parlamento para desarrollar una solución adecuada al problema del examen de los dispositivos digitales en los puertos de entrada.
Según un estudio realizado por CBSA, de noviembre de 2017 a diciembre de 2021 solo se examinaron los dispositivos electrónicos del 0,013 % de todos los viajeros procesados en la frontera. De todos los examinados, el 37,3% tenía información detectada que fue considerada una infracción por CBSA. Un total de 253,509,919 viajeros fueron procesados en la frontera durante ese tiempo. De esos viajeros, se examinaron los dispositivos digitales de 33,373. De aquellos a quienes se les examinaron sus dispositivos digitales, se encontró que 12,457 tenían una infracción.
Dado que la práctica de revisión de dispositivos digitales que contienen información personal puede ser examinada por CBSA en cualquier momento al ingresar a Canadá, se debe considerar cual es la información que tenemos en nuestros dispositivos antes de comparecer ante CBSA, e incluso considerar no presentarse ante CBSA con dispositivos digitales que pueda proporcionar evidencia de una infracción.
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